En el recurso contencioso-administrativo número 1.626/1995, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional, a instancia de don Fernando Martínez Escolar contra resolución desestimatoria de asignación de complemento de productividad, por encontrarse de baja por enfermedad por un período superior a siete días, ha recaído sentencia de fecha 12 de marzo de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero. Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 1.626/1995, interpuesto por don Fernando Martínez Escolar contra la resolución del Ministerio de Justicia (Dirección General de Administración Penitenciaria) de 3 de julio de 1995, descrita en el primer fundamento de derecho, que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo. No hacemos una expresa condena en costas.»
En virtud de lo que antecede, esta Dirección General ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de junio de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de II. PP.
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