Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima)
de la Audiencia Nacional el recurso número 7/1.011/1996, interpuesto
por don Pedro González Suárez contra Resolución de 2 de julio de 1996
del Director general de Instituciones Penitenciarias, dictada por delegación
del Ministro del Departamento, por la que se le impuso al recurrente la
sanción de veinte días de suspensión de funciones como autor de una
falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección
Séptima) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia de 9 de marzo de
1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por don Pedro González Suárez contra la Resolución de 2
de julio de 1996, que le impuso la sanción, debemos confirmar y
confirmamos dichas resoluciones administrativas por ser conformes a
Derecho, sin hacer condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios
términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de junio de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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