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Documento BOE-A-1998-16213

Resolución de 10 de junio de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se inscribe a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1998, páginas 22665 a 22665 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-16213

TEXTO ORIGINAL

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres ha solicitado, a través de esta

Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la

Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en

el capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas

y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria

y Energía de 17 de diciembre de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de

9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria

y la Orden de 17 de diciembre de 1985,

Esta Dirección General de la Energía, teniendo en cuenta el informe

favorable emitido por la Dirección General de Ordenación Industrial,

Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la

Junta de Extremadura, ha resuelto inscribir a Cáritas Diocesana de

Coria-Cáceres en el Registro Especial de Entidades para la Formación

de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de la Energía

del Ministerio de Industria y Energía, con arreglo a las siguientes

condiciones:

Primera.-El ámbito geográfico territorial de actuación para la

impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-I e IG-II, a

que se refiere esta inscripción, estará limitado a la provincia de Cáceres.

Segunda.-Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación

de instaladores de gas que vaya a impartir Cáritas Diocesana de

Coria-Cáceres deberá ser autorizado previamente por los órganos territoriales

competentes.

Tercera.-Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá presentar

anualmente en los organismos territoriales competentes y en la Dirección

General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía una memoria de

actuaciones de conformidad con lo previsto en el capítulo III de la citada

instrucción sobre instaladores autorizados de gas y empresas instaladoras.

Cuarta.-La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá

un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la

prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización

del mismo.

Madrid, 10 de junio de 1998.-El Director general, Antonio Gomis Sáez.

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