En el recurso contencioso-administrativo número 606/1994, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Estudio 2000, Sociedad
Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de 5 de octubre de 1992 y 18 de octubre de 1993, se ha dictado, con
fecha 10 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada
firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador de los Tribunales don José Ramón Gayoso
Rey, en nombre y representación de ªEstudio 2000, Sociedad Anónimaº,
contra la Resolución de 18 de octubre de 1993, del Registro de la Propiedad
Industrial, que confirma en reposición la de 5 de octubre de 1992, por
la que se concedió la inscripción de la marca mixta número 1.102.280,
ªPumadasslerº, para amparar productos de la clase 28 del Nomenclátor,
declaramos las citadas resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer expresa
imposición de las costas procesales."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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