En el recurso contencioso-administrativo número 695/1995-04,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Eika, Sociedad
Cooperativa Limitada", contra Resoluciones de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, de 28 de noviembre de 1994 y 14 de marzo de 1995,
se ha dictado, con fecha 4 de marzo de 1998, por el citado Tribunal,
sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso
contencioso-administrativo número 695/1995, interpuesto por la Procuradora doña
María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre de la entidad ªEika, Sociedad
Cooperativa Limitadaº, contra Resolución de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, de 14 de marzo de 1995, que desestimó el recurso ordinario
planteado por la entidad actora contra la Resolución anterior de la misma
Oficina, de fecha 28 de noviembre de 1994, que concedió el modelo
industrial número 130.996, ªCalentador radiante, tal como cocina o similarº,
declarando nulas las Resoluciones recurridas, debemos declarar y
declaramos que se deniega el registro del modelo industrial antes mencionado.
Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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