En el recurso contencioso-administrativo número 679-96-04,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Bourjois, Sociedad
Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 3 de mayo y 12 de diciembre de 1995, se ha dictado, con fecha 18
de marzo de 1998 por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya
parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 679/1996, interpuesto por la Procuradora
doña María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de
ªBourjois, Sociedad Anónimaº, contra la Resolución de la Oficina Española
de Patentes y Marcas, de 12 de diciembre de 1995, desestimatoria del
recurso de reposición planteado contra la Resolución de 3 de mayo de
1995, que no concedió la marca internacional número 610.805,
ªFruitissimeº, para productos de la clase 3. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid