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En el recurso contencioso-administrativo número 556/1996, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "El Corte Inglés,
Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 5 de junioy5dediciembre de 1995, se ha dictado, con
fecha 5 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal sentencia, contra
la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es
como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo que interpuso la representación legal de ªEl Corte
Inglés, Sociedad Anónimaº, contra Resolución de la Oficina Española de
Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1995, denegando marca nacional
1.716.479, ªDecomprasº, por ser acto ajustado a Derecho, que confirmamos;
sin cotas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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