La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
ha dictado sentencia, con fecha 14 de abril de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/319/1996, en el que son partes, de una,
como demandante don Juan Castañón Álvarez, y de otra como demandada,
la Administración General del Estado, representada y defendida por el
Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección
General de Servicios de la Administración Pública de fecha 18 de diciembre
de 1995, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Que debemos estimar y estimamos el presente
recurso número 319/1996, interpuesto por don Juan Castañón Álvarez,
representado por el Procurador don Nicolás Álvarez Real, y en
consecuencia, procede revocar y dejar sin efecto la Resolución recurrida, dictada
por el Ministerio para las Administraciones Públicas (Dirección General
de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública) con
fecha 18 de diciembre de 1995, debiéndose dictar otra por la que se acceda
a la autorización de la compatibilidad interesada.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 18 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997,
"Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General
de Servicios de la Administración Pública.
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