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Documento BOE-A-1998-16394

Resolución de 3 de junio de 1998, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de 26 de mayo de 1998, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, del casco antiguo de Àger, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1998, páginas 22894 a 22895 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1998-16394

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 26 de mayo de 1998 el Gobierno de la

Generalidad de Cataluña declaró bien cultural de interés nacional, en la

categoría de conjunto histórico, el casco antiguo de Àger (Noguera) y

delimitó su entorno de protección;

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de

30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" el Acuerdo del Gobierno de 26 de mayo de 1998, de declaración

de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico,

del casco antiguo de Àger (Noguera) y de delimitación de su entorno de

protección.

Barcelona, 3 de junio de 1998.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.

Acuerdo de 26 de mayo de 1998, del Gobierno de la Generalidad, de

declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de

conjunto histórico del casco antiguo de Àger (Noguera) y de delimitación

de su entorno de protección

Visto que por Resolución de 1 de octubre de 1997 ("Diario Oficial de

la Generalidad de Cataluña" número 2495, de 14 de octubre de 1997),

se incoó expediente para la declaración de bien cultural de interés nacional,

en la categoría de conjunto histórico, del casco antiguo de Àger y de

delimitación de su entorno de protección;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en

la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los

artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del

Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio

Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans;

Visto que no se han presentado alegaciones durante la tramitación

del expediente;

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de

conjunto histórico, el casco antiguo de Àger (Noguera), según la descripción

y ubicación que constan en el anexo 1 y la delimitación representada

en el plano que se publica junto con este Acuerdo.

2. Delimitar su entorno de protección, cuya justificación consta en

el anexo 2 y que queda representado en el plano que se publica junto

con este Acuerdo.

ANEXO 1

Descripción y ubicación

El casco antiguo de Àger es una agrupación concentrada en una colina

y coronada por la Colegiata de Sant Pere. A partir de ésta, empiezan

a situarse y escalonarse físicamente las casas y, por lo tanto, las calles

que dibujan la estructura urbanística. Los diferentes arrabales surgen

alrededor de las diferentes parroquias, fijando núcleos de población al pie

de la colina.

Las calles y las murallas se adaptan a la topografía del terreno, lo

que genera la existencia de calles de fuerte pendiente. La villa tiene un

doble recinto amurallado. Dentro del recinto de murallas se hallan dos

barrios, el de Sant Pere y el de Sant Vicenç, conocido también como barrio

de Solsdevila.

ANEXO 2

Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno de protección del conjunto histórico de

Àger tiene como finalidad controlar la relación entre este conjunto y las

zonas urbanas y los espacios paisajísticos que le dan soporte ambiental,

cuya alteración podría afectar los valores culturales, ambientales y

paisajísticos de esta villa.

Al noreste, la delimitación sigue el límite físico del barranco de El

Regasol, lo que permite mantener una franja regularmente uniforme que

conforma el zócalo del conjunto histórico y permite su visualización desde

la carretera L-9040 cuando se accede al pueblo desde levante.

Al sur, la delimitación sigue otro límite físico perfectamente

identificable como es el río de Àger, desde su confluencia con el barranco de

El Regasol hasta cruzar el camino de La Creu, ya al oeste. Esta delimitación

permite establecer una franja que actúa como zócalo de la fachada y muralla

sur del conjunto.

Al oeste, la delimitación sigue el camino de La Creu, entre el cruce

con el río de Àger y la intersección con la carretera L-9040, lo que permite

incluir toda la ladera oeste de la colina de manera proporcional a la menor

pendiente topográfica que existe en esta laderayasuvezpermite garantizar

la visualización del conjunto histórico desde la carretera L-9040 cuando

se baja de El Port d'Àger.

Al norte, la delimitación sigue el límite físico de dicha carretera L-9040,

entre la intersección del camino de La Creu y el barranco de El Regasol,

permitiendo la visualización del conjunto histórico desde la zona de

equipamientos situada en la parte norte de la carretera y también desde los

puntos de afluencia turística de la cordillera de El Montsec.

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