El centro «Obra Diocesana Santo Domingo de Silos», sito en calle Amistad, 6, de Zaragoza, tenía concierto educativo para 20 unidades: Cinco unidades de la rama Industrial-Agraria y cinco unidades de la rama de servicios en Formación Profesional de primer grado; siete unidades para seis ciclos formativos de Grado Medio y tres unidades: Dos unidades de la rama Industrial-Agraria y una unidad de la rama de servicios para tres Programas de Garantía Social, en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-1998.
Por Orden de 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1998-99, se aprueba concierto educativo al citado centro para 18 unidades:
Dos unidades de la rama Industrial-Agraria y dos unidades de la rama de servicios en Formación Profesional de primer grado; cuatro unidades para cuatro Programas de Garantía Social: Ayudante de Reparación de Vehículos y Operario de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión de la rama Industrial-Agraria y Auxiliar Dependiente de Comercio y Auxiliar de Ayuda a Domicilio y Residencias Asistidas de la rama de servicios y 10 unidades para siete ciclos formativos de Grado Medio: Comercio; Cuidados Auxiliares de Enfermería; primero y segundo cursos de Electromecánica de Vehículos; primero y segundo cursos de Equipos e Instalaciones Electrotécnicas; primero y segundo cursos de Equipos Electrónicos de Consumo; Farmacia (rama de servicios) y Gestión Administrativa, por los motivos que se indicaban como fundamento de la citada Orden de 26 de mayo de 1998.
Considerando que el centro, con fecha 10 de junio de 1998, ha obtenido informe favorable de la Subdirección General de Infraestructuras para los ciclos formativos de Grado Superior: Administración y Finanzas y Desarrollo de Productos Electrónicos.
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito en Formación Profesional por el centro «Obra Diocesana Santo Domingo de Silos», en calle Amistad, 6, de Zaragoza, quedando establecido concierto educativo para las unidades, cursos y enseñanzas que a continuación se indican:
Cuatro unidades: Dos unidades de la rama Industrial-Agraria y dos unidades de la rama de servicios en Formación Profesional de primer grado.
Cuatro unidades para cuatro Programas de Garantía Social: Ayudante de Reparación de Vehículos y Operario de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión de la rama Industrial-Agraria y Auxiliar Dependiente de Comercio y Auxiliar de Ayuda a Domicilio y Residencias Asistidas de la rama de Servicios.
Diez unidades para siete ciclos formativos de Grado Medio:
Comercio (una unidad).
Cuidados Auxiliares de Enfermería (una unidad).
Electromecánica de Vehículos (una unidad para primero y una unidad para segundo curso).
Equipos e Instalaciones Electrotécnicas (una unidad para primero y una unidad para segundo curso).
Equipos Electrónicos de Consumo (una unidad para primero y una unidad para segundo curso).
Farmacia (una unidad de la rama de servicios).
Gestión Administrativa (una unidad).
Dos unidades para la implantación del primer curso de dos ciclos formativos de Grado Superior: Administración y Finanzas (rama Administrativa-Delineación) y Desarrollo de Productos Electrónicos (otras ramas).
La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.
Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Zaragoza y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.
Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.
El concierto educativo para los ciclos formativos de Grado Superior que por esta Orden se aprueba, estará condicionado a la finalización de las obras y obtención de la preceptiva autorización al inicio del curso académico 1998-1999.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la Orden, previa comunicación a este Departamento.
Madrid, 22 de junio de 1998.–P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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