En el recurso contencioso-administrativo número 1.929/1996,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Lidl Stiftung
de 5 de mayo de 1995 y 12 de julio de 1996, se ha dictado, con fecha
29 de enero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se
ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar el recurso
de julio de 1996, denegando la inscripción de la marca 1.907.975, ªG. Belliniº
por incompatibilidad con la 1.809.077, ªGiorgio Belliniº, por ser acto
ajustado a Derecho, que confirmamos y sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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