En el recurso contencioso-administrativo número 1.955/1995, referente
al Expediente de Marca número 1.771.475/3, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid por "Sociedad Española de Radiodifusión,
Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 3 de febrero y 16 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha
12 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme,
cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales
don Santos Gandarillas Carmona, en nombre y representación de la
``Sociedad Española de Radiodifusión, Sociedad Anónima'', contra las
resoluciones reflejadas en el fundamento de derecho primero, las cuales por
ser ajustadas a Derecho confirmamos, y todo ello sin efectuar
pronunciamiento alguno en cuanto a costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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