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En el recurso contencioso-administrativo número 1.780/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Hambros PLC"
contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 10 de
mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 4 de diciembre de 1997, por el
citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como
sigue:
"Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto en representación de la entidad ``Hambros PLC'' contra la resolución
de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 10 de mayo de 1995
en la que, estimando el recurso ordinario interpuesto por ``Hambros B
Comunicacion, Sociedad Limitada'', contra una primera resolución
denegatoria fechadaa5deenero de 1995, se termina autorizando en favor
de esta entidad el registro de la marca número 1.761.911 ``Hambros B
Comunicacion'' (con gráfico) para designar servicios de la clase 35. a del
Nomenclátor, debemos anular y anulamos la resolución impugnada
declarando en su lugar la procedencia de denegar el registro de la referida
marca, sin imponer las costas de este proceso a ninguno de los litigantes."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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