En el recurso contencioso-administrativo número 2.035-95, referente al expediente de marca número 1.744.482/9, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Biofarma, Societe Anonyme», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 7 de junio de 1995, se ha dictado, con fecha 12 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Enrique Sorribes Torra, en nombre y representación de la entidad ‘‘Biofarma, Societe Anonyme’’, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 7 de junio de 1995, por la que se estima el recurso ordinario interpuesto contra otra resolución de fecha 27 de junio de 1994, la cual por ser contraria a Derecho anulamos, y todo ello sin efectuar pronunciamiento alguno en cuanto a costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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