En el recurso contencioso-administrativo número 2.160/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Grupo Navidul,
Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 4 de febrero de 1994 y 29 de mayo de 1995, se ha dictado,
con fecha 20 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia,
declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto en representación de la entidad ``Grupo Navidul, Sociedad
Anónima'', contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 4 de febrero de 1994, confirmada en reposición con fecha 29 de mayo
de 1995, por la que se autoriza en favor de ``Panydul, Sociedad Limitada'',
el registro de la marca número 1.695.916, ``Panydul'' (con gráfico), para
designar productos de la clase 39. a del Nomenclátor, debemos anular y
anulamos la resolución impugnada, declarando en su lugar la procedencia
de denegar el registro de la referida marca, sin imponer las costas de
este proceso a ninguno de los litigantes."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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