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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 22 de enero de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 275/1996, promovido por la empresa pesquera «Genma María, Sociedad Limitada», sobre permiso temporal de pesca; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Isidro Orquin Cedenilla, en nombre y representación de la empresa pesquera «Genma María, Sociedad Limitada», contra la Resolución dictada por la Dirección General de Recursos Pesqueros, en fecha 13 de junio de 1995, contra la Orden de 14 de diciembre de 1995, dictada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra aquélla, por lo que debemos declarar y declaramos que las mismas son conformes con el ordenamiento jurídico y en consecuencia las confirmamos.
No ha lugar a las costas procesales causadas en esta instancia.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 29 de junio de 1998.–P.D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de recursos Pesqueros.
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