En el recurso contencioso-administrativo número 915/1997, interpuesto por don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en representación de la Asociación de Investigación Industrial Eléctrica (ASINEL), contra Resolución de este Ministerio de 1 de julio de 1997, sobre revocación de subvención, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 24 de marzo de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos:
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel, en nombre de Asociación de Investigación Industrial Eléctrica (ASINEL), contra Resolución del Ministerio de Industria y Energía, de 1 de julio de 1997, por ser la misma ajustada a Derecho.
No haber lugar a la imposición de una especial condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia, testimonio de la cual será remitida en su momento a la oficina de origen, a los efectos legales, junto con el expediente, en su caso, lo pronunciamos, mandamos y fallamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en su propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de julio de 1998.‒P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, José Manuel Serra Peris.
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.
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