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Documento BOE-A-1998-17894

Orden de 9 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 1998 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación 1.770/1994, interpuesto por el Abogado del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 1998, páginas 25247 a 25247 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1998-17894

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación número 1.770/1994, interpuesto por el

Abogado del Estado, en representación de la Administración contra la sentencia

dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de la Audiencia Nacional, con fecha 4 de noviembre de 1993, en su pleito

número 547/1992, sobre denegación de indemnización por atentado

terrorista, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 27 de marzo de 1998, sentencia,

cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que debemos declarar y declaramos no haber lugar al

recurso de casación interpuesto por el señor Abogado del Estado contra la

sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de esta Jurisdicción

de la Audiencia Nacional, de fecha 4 de noviembre de 1993, al conocer

del recurso contencioso administrativo deducido por doña María del

Carmen de Felipe Corisco, impugnando la Resolución de 19 de octubre de 1992

del excelentísimo señor Ministro de Relaciones con las Cortes y de la

Presidencia del Gobierno, denegatoria de la solicitud de indemnización

formulada por la expresada señora y por responsabilidad patrimonial del

Estado debido al funcionamiento de los servicios públicos como

consecuencia de acto terrorista (autos 547/1992) cuya sentencia declaramos

firme; con expresa imposición de las costas producidas en el presente

recurso a la parte recurrente por imperativo legal."

En su virtud este Ministerio, conforme a lo prevenido en la Ley

reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre

de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos

la referida sentencia.

Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993),

el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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