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Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar acuartelamiento «Los Adalices», situada en el término municipal de Algeciras (Cádiz), se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 89, de 14 de abril).
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:
A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por el Real Decreto antes mencionado, el acuartelamiento «Los Adalides», de Algeciras (Cádiz), se considera incluido en el grupo segundo de los señalados en el artículo 8 del citado Reglamento.
De conformidad con lo preceptuado en los artículos 15 y 17 del citado Reglamento, se establece una zona próxima de seguridad al acuartelamiento «Los Adalides», de 65 metros de anchura, contados a partir del límite exterior o líneas principales que definan el perímetro más avanzado de dicha instalación.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 19 del mencionado Reglamento, se establecen las zonas de seguridad radioeléctrica para los enlaces hertzianos entre instalaciones que se relacionan a continuación, las cuales quedarán definidas por el terreno correspondiente a la instalación militar «Acuartelamiento Los Adalides» y el comprendido entre éste y las zonas de seguridad radioeléctrica de las instalaciones con las que establece los enlaces que se definen a continuación, y el comprendido entre los dos planos verticales equidistantes de la recta que une los puntos de referencia de las instalaciones los metros «d» que se señalan.
Punto de referencia de la instalación «Acuartelamiento Los Adalides»:
Latitud: 36.º 08’ 47’’ N.
Longitud: 5.º 27’ 34’’ W.
Altitud: 96 metros.
Se define el plano de referencia de la instalación militar correspondiente al acuartelamiento «Los Adalides» como el horizontal que contiene el punto de referencia establecido, a una altitud de 96 metros.
La superficie de limitación de altura quedará definida para cada enlace por el plano perpendicular a los dos verticales, citados anteriormente, por debajo de la recta que une de los puntos de referencia de las instalaciones distantes «d» metros de ella.
Punto de referencia de las instalaciones con las que establece enlace y definición de la distancia citada para cada caso:
Enlace con | «d» |
---|---|
TSC02: Latitud: 36.º 04’ 55’’ N. Longitud: 05.º 31’ 56’’ W. Altitud: 772 metros. |
16 metros |
RCT-224: Latitud: 36.º 05’ 57’’ N. Longitud: 05.º 32’ 23’’ W. Altitud: 841 metros. |
21 metros |
RCT-230: Latitud: 36.º 29’ 08’’ N. Longitud: 05.º 12’ 25’’ W. Altitud: 1.420 metros. |
37 metros |
Sierra Bujeo: Latitud: 36.º 05’ 45’’ N. Longitud: 05.º 31’ 16’’ W. Altitud: 760 metros. |
16 metros |
Acebuche: Latitud: 36.º 03’ 58’’ N. Longitud: 05.º 27’ 38’’ W. Altitud: 296 metros. |
16 metros |
Sierra Carbonera: Latitud: 36.º 12’ 02’’ N. Longitud: 05.º 21’ 30’’ W. Altitud: 293 metros. |
17 metros |
Los Pinos: Latitud: 36.º 09’ 09’’ N. Longitud: 05.º 27’ 10’’ W. Altitud: 32 metros. |
18 metros |
Queda derogada la Orden 164/1995, de 17 de noviembre, por la que se señala Zona de Seguridad del Acuartelamiento «Los Adalides», en Algeciras (Cádiz) («Boletín Oficial del Estado» número 310, de 28 de diciembre).
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de julio de 1998.
SERRA REXACH
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid