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Documento BOE-A-1998-17931

Orden 182/1998, de 17 de julio, por la que se modifica la zona de seguridad del acuartelamiento «Los Adalides», en Algeciras (Cádiz).

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1998, páginas 25283 a 25283 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-17931

TEXTO ORIGINAL

Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar

acuartelamiento "Los Adalices", situada en el término municipal de Algeciras (Cádiz),

se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera

afectarla, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución

de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés

para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10

de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 89, de 14 de abril).

En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado

Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región

Militar Sur, dispongo:

Primero.-A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del

Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional,

aprobado por el Real Decreto antes mencionado, el acuartelamiento "Los

Adalides", de Algeciras (Cádiz), se considera incluido en el grupo segundo

de los señalados en el artículo 8 del citado Reglamento.

Segundo.-De conformidad con lo preceptuado en los artículos 15 y

17 del citado Reglamento, se establece una zona próxima de seguridad

al acuartelamiento "Los Adalides", de 65 metros de anchura, contados

a partir del límite exterior o líneas principales que definan el perímetro

más avanzado de dicha instalación.

Tercero.-En aplicación de lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 19

del mencionado Reglamento, se establecen las zonas de seguridad

radioeléctrica para los enlaces hertzianos entre instalaciones que se relacionan

a continuación, las cuales quedarán definidas por el terreno

correspondiente a la instalación militar "Acuartelamiento Los Adalides" y el

comprendido entre éste y las zonas de seguridad radioeléctrica de las

instalaciones con las que establece los enlaces que se definen a continuación,

y el comprendido entre los dos planos verticales equidistantes de la recta

que une los puntos de referencia de las instalaciones los metros "d" que

se señalan.

Punto de referencia de la instalación "Acuartelamiento Los Adalides":

Latitud: 36 o 08' 47'' N.

Longitud: 5 o 27' 34'' W.

Altitud: 96 metros.

Se define el plano de referencia de la instalación militar

correspondiente al acuartelamiento "Los Adalides" como el horizontal que contiene

el punto de referencia establecido, a una altitud de 96 metros.

La superficie de limitación de altura quedará definida para cada enlace

por el plano perpendicular a los dos verticales, citados anteriormente,

por debajo de la recta que une de los puntos de referencia de las

instalaciones distantes "d" metros de ella.

Punto de referencia de las instalaciones con las que establece enlace

y definición de la distancia citada para cada caso:

"d" Enlace con

TSC02:

Latitud: 36 o 04' 55'' N.

Longitud: 05 o 31' 56'' W.

Altitud: 772 metros.

16 metros

RCT-224:

Latitud: 36 o 05' 57'' N.

Longitud: 05 o 32' 23'' W.

Altitud: 841 metros.

21 metros

RCT-230:

Latitud: 36 o 29' 08'' N.

Longitud: 05 o 12' 25'' W.

Altitud: 1.420 metros.

37 metros

Sierra Bujeo:

Latitud: 36 o 05' 45'' N.

Longitud: 05 o 31' 16'' W.

Altitud: 760 metros.

16 metros

"d" Enlace con

Acebuche:

Latitud: 36 o 03' 58'' N.

Longitud: 05 o 27' 38'' W.

Altitud: 296 metros.

16 metros

Sierra Carbonera:

Latitud: 36 o 12' 02'' N.

Longitud: 05 o 21' 30'' W.

Altitud: 293 metros.

17 metros

Los Pinos:

Latitud: 36 o 09' 09'' N.

Longitud: 05 o 27' 10'' W.

Altitud: 32 metros.

18 metros

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden 164/1995, de 17 de noviembre, por la que

se señala Zona de Seguridad del Acuartelamiento "Los Adalides", en

Algeciras (Cádiz) ("Boletín Oficial del Estado" número 310, de 28 de diciembre).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de julio de 1998.

SERRA REXACH

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