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Documento BOE-A-1998-17953

Resolución de 26 de junio de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se modifica la exención de autorización como instalación radiactiva de detector de humos marca «Gent», modelo 32730, por ampliación de la exención al modelo 34730.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1998, páginas 25309 a 25309 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-17953

TEXTO ORIGINAL

Recibida en esta Dirección General la documentación presentada por

"Caradon Ibérica, Sociedad Anónima", con domicilio social en ronda de

Poniente, 18, Tres Cantos (Madrid), por la que se solicita la ampliación

de exención de autorización como instalación radiactiva del detector de

humos marca "Gent", modelo 32730, al similar de la misma marca

modelo 34730;

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación

exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya exención

solicita y que el laboratorio de verificación del Centro de Investigaciones

Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), mediante

dictamen técnico, y el Consejo de Seguridad Nuclear, por informe, han hecho

constar que los modelos presentados cumplen con las normas exigibles

para tal exención;

Visto el Decreto 2869/1972, de 21 de julio, por el que se aprueba el

Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas ("Boletín Oficial del

Estado" de 24 de octubre); la Orden de 20 de marzo de 1975 por la que

se aprueban las normas de homologación de aparatos radiactivos ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de abril de 1975); el Real Decreto 53/1992, de

24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria

contra Radiaciones Ionizantes ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero

de 1992), y de acuerdo con el Consejo de Seguridad Nuclear,

Esta Dirección General ha resuelto ampliar la exención de autorización

como instalación radiactiva del detector de humos de la marca "Gent",

modelo 32730, al similar de la misma marca modelo 34730, con la

contraseña de exención NHM-D122.

La exención de autorización como instalación radiactiva que se otorga

por la presente Resolución queda supeditada a las siguientes condiciones:

Primera.-Los equipos radiactivos cuyo tipo se aprueba son de la marca

"Gent", modelos 32730 y 34730. Ambos modelos llevan incorporada una

fuente radiactiva encapsulada de Americio-241, con una actividad nominal

máxima de 29,6 KBq (0,8 m Ci), fabricada por la entidad "Amersham

International Ltd.".

Segunda.-El uso al que se destina el equipo es la detección de humos

para prevención de incendios.

Tercera.-Cada detector de humos ha de llevar marcado de forma

indeleble, al menos, la marca y modelo o el número de la contraseña de exención

y la palabra "Radiactivo".

Además, llevará una etiqueta en la que figure, al menos, el importador,

la fecha de fabricación, el número de serie, el distintivo básico recogido

en la norma UNE 73-302 y la palabra "Exento", así como una advertencia

de que no se manipule en su interior.

La marca y etiqueta indicadas se situarán de modo que sean claramente

visibles cuando se retire el detector de su montura.

Cuarta.-Cada detector de humos suministrado debe ir acompañado

de un certificado, en el que se haga constar:

a) Número de serie del detector y fecha de fabricación.

b) Radioisótopo y su actividad.

c) Resultados de los ensayos de hermeticidad y contaminación

superficial de la fuente radiactiva en capsulada, indicando los métodos em

pleados.

d) Declaración de que al prototipo le ha sido emitida la exención

por la Dirección General de la Energía, con el número de la contraseña

de exención, fecha de Resolución y el "Boletín Oficial del Estado" en que

se publicó.

e) Declaración de que el detector corresponde exactamente con el

prototipo al que se emite la exención y que la intensidad de dosis a 0,1

metro de su superficie no sobrepasa 1 m Sv/h.

f) Uso para el que ha sido autorizado y período válido de utilización.

g) Especificaciones recogidas en el certificado de aprobación de tipo

del detector.

h) Especificaciones y obligaciones técnicas para el usuario que

incluyan las siguientes:

i) No se deberá manipular en el interior de los detectores de humos.

ii) No se deberá eliminar las marcas o señalizaciones existentes en

los detectores de humos.

iii) Cuando se detecten daños en un detector de humos cuya

reparación implique el acceso a la fuente radiactiva se deberá poner en contacto

con el fabricante/importador.

i) Recomendaciones del fabricante/importador relativas a medidas

impuestas por la autoridad competente.

Quinta.-El detector de humos "Gent", modelos 32730 y 34730 queda

sometido al régimen de comprobaciones que establece el capítulo IV de

la Orden de 20 de marzo de 1975, sobre normas de homologación de

aparatos radiactivos.

Sexta.-Las siglas y número que corresponden a la presente autorización

de exención como instalación radiactiva son NHM-D122.

Séptima.-Las presentes especificaciones modifican y dejan sin efecto

las contenidas en la Resolución de la Dirección General de la Energía

de 20 de enero de 1998.

Esta Resolución de autorización se extiende sin perjuicio de otras cuyo

otorgamiento corresponda a éste u otros Ministerios y organismos de la

Administración y de las competencias a ellos atribuidas y agota la vía

administrativa, según lo dispuesto en el artículo 3.3 del Real Decreto

1778/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan a la Ley 30/1992 las

normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación

y extinción de autorizaciones. Contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en la forma y

condiciones que determina la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa

de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a esta Dirección General

de la Energía, de acuerdo con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de junio de 1998.-El Director general, Antonio Gomis Sáez.

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