En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,
de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para 1998 y con el fin
de atender las necesidades de personal en la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31
de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Ingenieros Técnicos en Topografía con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas,
por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso
libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a tres plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a cinco plazas.
1.1.3 Las plazas sin cubrir reservadas a la promoción interna
se acumularán a las del sistema general de acceso libre.
En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción
interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general
de acceso libre.
1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de
promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso
preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general
de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.
No será de aplicación en esta convocatoria lo previsto en el
punto 2 del artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los
dos sistemas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
del 3), modificada por la 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), y por la 22/1993, de 29 de diciembre ("Boletín
Oficial del Estado" del 31); el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y lo dispuesto
en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,
oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las
valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en
el mismo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos en las fases de concurso y de oposición,
así como en el curso selectivo a que se refiere el apartado 2.3
del anexo I, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de
esta convocatoria.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 1998.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, el Subsecretario del Ministerio de Fomento hará pública
la lista de los aspirantes del sistema de promoción interna con
la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá
ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya
a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón
de anuncios de los Servicios Centrales del Ministerio de Fomento.
La duración máxima de las fases de concurso y oposición será
de nueve meses contados a partir de la publicación de la presente
convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso
selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.
El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez
superadas las fases anteriores, será de dos meses a partir de la
terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.
Quienes no superen el curso selectivo, de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente
convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación
del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Ingeniero Técnico en Topografía.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada
por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial
del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de
origen en el organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que
ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar
a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido
eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes
del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con
anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", a
cualquier Cuerpo o Escala del grupo C y tener el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes una antigüedad de, al
menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, estar
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2
de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás requisitos exigidos
en esta convocatoria.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
del Cuerpo o Escala del grupo C, a que pertenezcan, serán
computables, a efectos de antigüedad, para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en copia del modelo de solicitud que
figura en el anexo VII de esta convocatoria que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas, en el centro de información
administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional de
Administración Pública y en la Oficina de Información de los
Servicios Centrales del Ministerio de Fomento.
A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento
nacional de identidad.
Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud
serán las que se detallan a continuación:
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando
mayúsculas de tipo de imprenta.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
1. Cuerpo o Escala: Consigne el texto y, en su caso, el código
del Cuerpo o Escala que figura en la convocatoria.
2. Especialidad, área o asignatura: Consigne, cuando
proceda, el texto y el código de la convocatoria.
3. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para
el sistema general de acceso libre y la letra mayúscula "P" para
el sistema de promoción interna.
4. Ministerio convocante: Consigne Fomento.
6. Provincia de examen: Consigne Madrid.
7. Minusvalía: Indicar el porcentaje del grado de minusvalía
según el dictamen del órgano competente.
Los aspirantes de promoción interna, que soliciten puntuación
en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán
presentar certificación, según modelo contenido en el anexo VI,
expedida por los Servicios de Personal del Departamento en el que
el funcionario haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de
su antigüedad en el Cuerpo o Escala a que pertenezca el mismo,
así como cuanta documentación estime oportuna para la mejor
valoración de los méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I
de la convocatoria.
3.2 Los aspirantes deberán poseer tres copias del modelo de
solicitud, de las que una copia quedará en poder de la entidad
bancaria y las dos copias restantes (una para el interesado y otra
para el Ministerio convocante) se presentarán en el Registro
General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio
de Fomento, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo
de la Castellana, 67, 28071 Madrid.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluído
el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.
3.4 Las certificaciones de homologación habrán de
presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de
febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañando a la
solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter
excepcional, al Tribunal, con antelación a la celebración de las
correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones
se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al
cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal
a la Comisión Permanente de Homologación.
3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se
ingresarán, en efectivo, en la cuenta corriente número
1302-9002-20-0023553370 "Ministerio de Fomento. Tasa
17020. Derechos de examen", de la Caja Postal, paseo de la
Castellana, 67, 28071 Madrid.
El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina de Caja Postal.
En el caso de que el ingreso se haya realizado en una oficina
de Caja Postal, la acreditación del pago de la tasa por derechos
de examen se realizará mediante certificación mecánica por medio
de impresión de máquina contable o mediante el sello y firma
autorizada en los tres ejemplares del modelo de solicitud.
En el caso de que el pago se haya efectuado mediante
transferencia bancaria desde una entidad distinta a Caja Postal, deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley
65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 1998, estarán exentas del pago de la tasa por derechos
de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, que deberán acreditar tal condición mediante
certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente. Asimismo, gozarán de una bonificación del 50 por 100
las personas que participen en estas pruebas selectivas por el
turno de promoción interna.
En ningún caso la presentación y pago en cualquiera de las
oficinas de Caja Postal supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en la base 3.2.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la
que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,
así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación
de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional
de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas, se podrá interponer, previa comunicación al órgano que
la dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en
la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan
en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento,
en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus
Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Departamento.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de
la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 91 597 87 87.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de segunda de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable
del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado
el mismo un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ" y en el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra "Ñ" el orden de actuación se iniciará por aquellos
cuyo primer apellido comience por la letra "O" y así sucesivamente,
de conformidad con lo establecido en resolución de la Secretaría
de Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1998
("Boletín Oficial del Estado" del 18) por la que se publica el
resultado del sorteo celebrado el día 3 de abril de 1998.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Con la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios,
el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del
siguiente en los locales donde se haya celebrado el ejercicio
anterior, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10
y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para
facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,
de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los
locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal,
y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas,
como mínimo, de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte,
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal
hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último
ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10
y en aquellos otros que estime oportuno, una sola relación de
aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada en
dichas fases, con indicación de su documento nacional de
identidad y del sistema de acceso.
En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por
los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir
el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los
mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero y tercero
de dicha fase de oposición.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios.
Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano
la citada relación para su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará
pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado
dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.
En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por
los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y en el supuesto
de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida
en su fase práctica.
7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará
pública en los tablones de anuncios de los servicios centrales del
Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno
una sola relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación
total alcanzada en todo el proceso selectivo con especificación
de la puntuación obtenida en cada una de las tres fases del mismo,
así como con indicación del documento nacional de identidad y
del sistema de acceso.
En ningún caso, la Subsecretaría del Departamento podrá
declarar que han superado el proceso selectivo un número de
aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta
de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que
se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de
Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67,
28071 Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta
convocatoria.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que
deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.
Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios
interinos, por los contratados administrativos y por el personal
laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6
de marzo).
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada no presentaren la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Subsecretario del Departamento, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha
en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.
8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores
aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa
oferta de los mismos.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del
Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará
el destino adjudicado.
8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P.D. (Orden de 30 de mayo de
1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el Subsecretario,
Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
ANEXO I
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía
P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
c) Curso selectivo.
1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio y en la que sólo podrán tomar parte los aspirantes a que
se hace referencia en la base 2.3 de la convocatoria, se valorará
la antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que
pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos
prestados hasta la fecha de publicación de la presente
convocatoria.
Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo
desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados
en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros
centros oficiales de formación de funcionarios.
1.3 La fase de oposición constará de tres ejercicios
obligatorios, de los cuales uno será práctico.
Los tres ejercicios tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con las materias que figuran en el anexo II de
esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta,
correspondiendo al menos 20 preguntas a cada uno de los grupos
del programa. El tiempo máximo para la realización de este
ejercicio será de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario obtener 10 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Este ejercicio constará de dos partes:
A) La primera parte consistirá en desarrollar por escrito uno
de los tres supuestos prácticos propuestos por el Tribunal,
que versarán sobre las materias del programa que figuran en el
anexo II de esta convocatoria.
Cada uno de los supuestos prácticos deberá comprender
diversos apartados o preguntas, siendo necesario que al menos uno
de ellos verse sobre la normativa a aplicar en el correspondiente
supuesto.
La puntuación que corresponda a cada uno de los apartados
o preguntas de que consten los supuestos prácticos quedará al
criterio del Tribunal, sin que la suma de dicha puntuación supere
la calificación máxima que se otorga a la primera parte de este
segundo ejercicio y que se especifica en el apartado C).
El aspirante podrá elegir uno de los supuestos propuestos por
el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio
será de tres horas.
B) La segunda parte consistirá en la defensa oral, durante
un tiempo máximo de quince minutos por parte de los aspirantes,
en sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y
profesional en relación con las materias fundamentalmente propias
de las funciones del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Los aspirantes deberán presentar, a tal efecto, la correspondiente
memoria -juntamente con los documentos acreditativos de los
extremos contenidos en lamisma en el Registro General del
Departamento, dirigida a la Subdirección General de Recursos
Humanos, en el plazo de diez días naturales a partir del siguiente
al de la publicación por el Tribunal de la relación de los aspirantes
con las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio.
En el supuesto de que algún aspirante no presente la memoria
dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, quedará excluido
de la realización de la segunda parte del segundo ejercicio,
obteniendo la calificación de cero puntos en dicha segunda parte.
El Tribunal durante el tiempo que considere oportuno podrá
dialogar con los aspirantes sobre el contenido de la citada memoria
y de manera especial sobre su experiencia profesional en la materia
sobre la que ha versado el supuesto práctico elegido por el
aspirante para el desarrollo de la primera parte de este ejercicio, así
como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional
en relación con las actividades y funciones propias del Cuerpo
de Ingenieros Técnicos en Topografía.
C) La calificación máxima del segundo ejercicio será de 40
puntos correspondiendo a la primera parte 30 puntos y 10 a la
segunda. Será necesario obtener en este ejercicio 20 puntos para
superar el mismo.
Tercer ejercicio: Idioma inglés. Este ejercicio constará de dos
partes:
A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos
traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre
dos textos redactados en lengua inglesa y española
respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias
contenidas en el anexo II de esta convocatoria.
La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una
hora.
B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en
idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de quince
minutos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario obtener 10 puntos para superar el mismo.
El Tribunal podrá ser asistido por Profesores de la Escuela
Oficial de Idiomas o intérpretes de la Oficina de Interpretación
de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del
Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el
Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del
Estado" del 6), y cuya duración máxima será de cinco meses.
La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses
y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en
el anexo III de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias, relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros
Técnicos en Topografía.
La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses
y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de
trabajo de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional
mediante la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas
Unidades administrativas del mencionado centro directivo.
Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas
tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo un
informe de las actividades desarrolladas con los comentarios o
sugerencias que crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas
reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán
directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos,
en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y
formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1886/1996,
de 2 de agosto.
2. Valoración
2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados
en el apartado 1.2 de este anexo se realizará de la forma siguiente:
2.1.1 Antiguedad.-Se otorgarán a cada aspirante, por cada
año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo
de 12 puntos.
2.1.2 Grado personal.-Se otorgará a cada aspirante, por la
posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta
un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 3 puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 18: 2 puntos.
Grado personal igual al 17: 1,75 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 15: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 14: 1 punto.
Grado personal igual al 13: 0,75 puntos.
Grado personal igual al 12: 0,5 puntos.
Grado personal igual al 11: 0,25 puntos.
2.1.3 Trabajo desarrollado.-Se otorgará a cada aspirante por
el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones
similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta
convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo
de 4 puntos.
2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento
realizados.-Se otorgarán a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo
de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento
realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta
convocatoria.
2.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1.3 de este anexo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada
por la Subsecretaría del Departamento, que estará integrada, entre
otros miembros, por profesores y tutores que hayan participado
en el curso selectivo, propondrá a la Subdirección General de
Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien
la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima de cada una de las dos partes del curso
selectivo será de 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos
como mímino para superar las mismas.
La calificación máxima total del curso selectivo será de 100
puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.
2.4 Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada, para el sistema de promoción
interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de
concurso, oposición y curso selectivo y para el sistema general de
acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la
fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el primero y tercero de dicha fase de oposición.
ANEXO II
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía
P ROGRAMA
A) Geodesia y Geofísica
1. Figura de la Tierra. Geoide. Elipsoide. El datum geodésico.
Desviaciones relativas de la vertical y ondulaciones del geoide.
Componentes de la desviación relativa. Ecuación de Laplace.
Puntos Laplace.
2. Parámetros de los elipsoides terrestres. Sistemas de
coordenadas empleados en geodesia y relaciones entre los mismos.
Radios principales de curvatura en un punto de elipsoide. Teorema
de Euler, radio medio. Longitudes de arcos de meridiano y paralelo.
3. Secciones normales recíprocas. Líneas geodésicas.
Separaciones entre secciones normales. Ángulos que forman las
secciones normales con las líneas geodésicas. Corrección de acimut
por altitud al punto visado. Reducción de las observaciones
acimutales en una triangulación. Reducción de una base o lado medio
directamente al elipsoide de referencia.
4. Proyecto. Reconocimiento. Configuración y precisiones de
las redes geodésicas. Señalización. Longitud de los lados. La red
geodésica española. Trabajos de actualización.
5. Teodolitos. Métodos de observación acimutal. Regla de
Bessel. Métodos de repetición y reiteración.
6. Fundamento de la medida electrónica de distancias.
Reducción de las medidas al elipsoide. Curvatura de la trayectoria,
factores meteorológicos, error de cero, reducción al horizonte, al
nivel del mar y de la cuerda al arco.
7. Resolución de triángulos geodésicos. Exceso esférico.
Teoremas de Legendre. Compensación de una figura. Cálculo y
compensación de una poligonal aislada.
8. Acimutes directo e inverso. Convergencia de meridianos.
Problema directo de la geodesia. Diferencias de latitudes y
longitudes. Transporte de coordenadas.
9. Determinación de la distancia y de los acimutes entre dos
puntos de coordenadas conocidas.
10. Principio de la nivelación geométrica. Operaciones
características. Instrumentos. Errores. Precisión de los resultados.
Señalización. Redes de nivelación. Compensación. Superficie de
referencia. Mareógrafos. La red de la nivelación española.
11. Altitudes ortométrica y dinámica. Nivelación geodésica.
Correcciones por esfericidad y refracción. Coeficiente de
refracción. Caso de una sola distancia cenital observada. Caso de
distancias cenitales recíprocas y simultáneas. Precisión de los
resultados. Nivelación barométrica. Precisiones.
12. Satélites artificiales y sus órbitas. Posicionamiento
geodésico a partir de una órbita conocida o por observaciones
simultáneas. Sistemas GPS: Descripción, aplicaciones, técnicas de
medición y precisión. Sistema Doppler. Principio básico. Modos
geodésicos de observación. Precisión de los resultados.
13. Sistemas de coordenadas empleados en Astronomía.
Relaciones entre los mismos. Posiciones espaciales de las estrellas.
14. Variaciones debidas al movimiento de los sistemas.
Precesión, nutación, movimiento del polo. Variaciones debidas a
causas físicas: Aberración, paralaje, refracción atmosférica.
Movimiento propio de las estrellas. Coordenadas aparentes y medidas.
Catálogos y efemérides.
15. Tiempo sidéreo. Tiempo solar. Ecuación de tiempo. Hora
civil. Hora oficial. Tiempo universal. Intervalos medios y sidéreos.
Transformaciones.
16. Teodolitos universales de primer orden. Ajustes y
calibraciones de los mismos. Cronómetros y cronógrafos. Señales
horarias. Recepción de las mismas y comparación con las horas
cronométricas.
17. Determinación de un acimut astrofísico, por ángulos
horarios de la Polar. Método de las direcciones. Método micrométrico.
Correcciones instrumentales. Correcciones al acimut observado.
Otros métodos.
18. Determinación de la latitud astronómica. Método de
Horrebow Talcott. Elección de pares estrellas, observación,
correcciones, cálculo. Método de Sterneck. Correcciones a la latitud
observada.
19. Ecuación de longitud. Principios de la determinación del
tiempo sidéreo local. Método de Mayer. Correccciones a la hora
del paso meridiano. Programas de observación. Observaciones.
Cálculo. Correcciones a la longitud observada.
20. Método de restas de altura. Caso de alturas iguales.
Observaciones y cálculos. Astrolabios de prisma.
21. Errores: Su clasificación. Teorema de la independencia
de los errores. Media aritmética, error medio cuadrático, pesos,
Ley normal. Medidas indirectas. Medidas directas. Precisión de
las medidas. Ecuaciones de condición. Relaciones de observación.
Método de los mínimos cuadrados. Estimadores robustos.
22. Método de observaciones directas condicionales.
Ecuaciones de condición: De ángulo, de lados, de acuerdo de bases,
de acimutes y de coordenadas. Pesos. Multiplicadores de
Lagrange. Ecuaciones correlativas. Ecuaciones finales. Solución de las
mismas.
23. Método de variación de coordenadas. Descripción
general. Relaciones de observación. Direcciones. Distancias. Pesos.
Ecuaciones normales. Solución de las mismas.
24. El campo magnético terrestre. Componentes. Variaciones
periódicas y transitorias.
25. Observaciones geomagnéticas singulares aisladas.
Mediciones absolutas y relativas. Instrumentos de medida.
26. Registro continuo del campo geomagnético. Variómetros
registradores. Calibrado. Magnetogramas.
27. Cartografía geomagnética. Obtención de datos en tierra
y sobre avión. Reducción de observaciones a una época común.
Mapas geomagnéticos.
28. Origen de los sismos. Tipos de ondas sísmicas y sus
características. Dromocrónicas y su utilización.
29. Reflexión y refracción de ondas sísmicas. Superficies de
discontinuidad en la Tierra sólida: Distribución de la velocidad
de ondas sísmicas según la profundidad.
30. Fundamentos teóricos de los sismógrafos. Principales
tipos de sismógrafos. Calibrados. Redes sísmicas analógicas y
digitales. Sismogramas.
31. Parámetros sísmicos. Determinación de las coordenadas
focales de un terremoto: Métodos gráficos y analíticos.
32. Magnitud: Definición y método de cálculo. Intensidad:
Escalas macrosísmicas. Mecanismo focal: Método de polaridad de
la onda P.
33. Geografía sísmica. Zonas sísmicas mundiales. Sismicidad
y peligrosidad sísmica en España. Mapa de la Norma
Sismorresistente española.
34. El campo gravitatorio terrestre. Reducción de la gravedad
al geoide. Anomalías isostáticas.
35. Medida de la gravedad. Medidas absolutas relativas.
Métodos de corrección de medidas relativas. Gravímetros.
36. Reducción de las observaciones gravimétricas. Anomalías
Bouguer, anomalías aire libre. Mapas gravimétricos en España.
B) Topografía y Fotogrametría
1. Medida de ángulos y distancias. Instrumentos. Métodos
de observación. Errores. Calibración y contrastación de
instrumentos.
2. Intersección directa, inversa y mixta. Error máximo y
selección de direcciones. Métodos numéricos de cálculo y
compensación.
3. Triangulación. Proyecto de una triangulación. Apoyo en
la red geodésica. Casos en que es necesario el establecimiento
de una o varias bases. Medida, orientación y ampliación de éstas.
Observación de la triangulación.
4. Cálculo de una triangulación. Distintos métodos.
Tolerancias. Investigación de faltas. Compensación. Reducción al centro
de observaciones excéntricas.
5. Levantamientos topográficos. Métodos e instrumentos
utilizados. Errores y precisiones. Compensaciones. Planos de
población.
6. Nivelaciones por pendientes y por alturas. Correcciones.
Errores y tolerancias. Compensaciones.
7. Levantamiento de planimetría de un término municipal.
Señalamiento de mojones y de las líneas de término. Actas de
deslindes. Levantamiento de las líneas límite. Modificaciones de
las líneas límite.
8. Fundamento de fotogrametría. Perspectivas geométricas
planas. Intersección de haces perspectivos. Orientación interna
y externa. Restitución.
9. Fundamento de fotografía. Emulsiones fotográficas.
Distintos tipos de emulsión. Sensibilidad. Densidad. Contraste.
Grano. Soporte de las emulsiones.
10. Cámaras métricas. Objetivos fotográficos. Distancia focal.
Cámaras terrestres. Fototeodolitos. Cámaras dobles. Cámaras
independientes y su utilización. Toma de fotografías terrestres.
11. Descripción y peculiaridades de las cámaras aéreas.
Cámaras automáticas. Distancias focales más usuales.
Obturadores. Toma de fotografías aéreas y condiciones de los vuelos
fotogramétricos.
12. Examen de las fotografías. Visión monocular. Visión
binocular, natural y artificial. Visión estereoscópica.
Fotointerpretación.
13. Rectificación de fotogramas. Aspectos matemáticos,
ópticos y fotográficos. Fotogrametrías con un solo fotograma. Terrenos
llanos y accidentados.
14. Fotogrametría aérea. Orientación relativa. Escala de
modelo. Orientación absoluta.
15. Instrumentos de restitución. Distintas soluciones para la
práctica de la restitución. Instrumentos ópticos y ópticos
mecánicos. Principio general y realización práctica.
16. Instrumentos de restitución mecánica. Principio general.
Métodos para la orientación relativa. Restitución analógica con
registro numérico.
17. Restituidores analíticos. Componentes. Orientación
interna, relativa y absoluta. La restitución analítica.
18. Restituidores digitales. Fundamentos. Sistema de visión
estereoscópica. Sistema de movimiento en Z. La restitución digital.
19. La ortoproyección. Principios. Propiedades de la
ortofotografía. Ortofotos analógicas y digitales.
20. Puntos de control. Aerotriangulación. Principio general.
Influencia de la curvatura terrestre. Clasificación de los métodos
de triangulación, métodos analógicos. Aeropoligonación. Medidas
e instrumentos.
21. Métodos semianalíticos de aerotriangulación. Principios
teóricos. Métodos analíticos. Medida de coordenadas fotográficas
e instrumentos empleados. Exposición general de los métodos
empleados para el cálculo.
22. Organización general de un levantamiento
aerofotogramétrico. Fases sucesivas. Elección de las condiciones de vuelo
en función de la escala y equidistancia de curvas del mapa a
levantar. Errores medios altimétricos y planimétrico en la determinación
de puntos.
23. Fotogrametría no topográfica. Cámaras. Procesos de
toma de vistas. Control. Rectificación. Restitución. Aplicaciones.
24. La Fotogrametría y el mapa nacional 1/25.000.
Características de esta serie cartográfica. Condiciones de vuelo.
Adquisición de los fotogramas. Control terrestre. Aerotriangulación.
Restitución gráfica y digital. Trabajos de formación y revisión.
25. Teledetección. Bases físicas. Signaturas espectrales.
Aplicaciones de teledetección. Aplicaciones cartográficas.
26. Plataformas y sensores. Programas actuales. Tratamiento
de la imagen digital. Reconocimiento de formas en teledetección.
Clasificación.
C) Cartografía y SIG
1. Objeto de la Cartografía matemática. Los sistemas
cartográficos. Proyecciones cartográficas.
2. Desarrollos cilíndricos. Proyección Mercator.
Proyección UTM.
3. Desarrollos cónicos. Proyección cónica conforme de
Lambert. La elección de proyecciones cartográficas: Gnomónica,
estereográfica y ortográfica.
4. Sistemas de referencia. Cuadrículas. Trazado de la CUTM
sobre mapas en diferentes proyecciones.
5. Cartografía. Definición del mapa. Caracteres específicos.
Necesidad y finalidad de los mapas. Clasificación: Cartografía
básica, derivada y temática.
6. Expresión y representación cartográficas. Variables
visuales. Análisis de la imagen gráfica. El color en Cartografía.
Funciones de la representación gráfica.
7. Formación de mapas. Concepción, documentación,
generalización. Técnicas de rotulación. Toponimia: Recogida, estudio
y tratamiento de los topónimos.
8. Redacción cartográfica por procedimientos clásicos.
Documentación inicial, operaciones a realizar y esquema organizativo
del proceso cartográfico hasta la obtención de originales de
reproducción.
9. Técnicas de reproducción cartográfica. Sistema en relieve,
en hueco y planos. La prueba de color, diversos métodos.
Impresión offset: máquinas de uno y varios colores.
10. La composición tipográfica. Composición manual y
mecánica. La composición fotográfica. Sistema de fotocomposición.
11. Materiales utilizados en el proceso cartográfico:
Características y aplicaciones.
12. Técnicas automáticas de producción cartográfica.
Tecnología y metodología aplicables en cada una de las fases del
proceso cartográfico. Escaneado. Conversión de formatos. Equipos
de trazado.
13. Mapas temáticos. Recogida, análisis y tratamiento de los
datos a representar. Tipos de mapas temáticos.
14. El Mapa Topográfico Nacional a escala 1/25.000:
Descripción y contenidos. Vuelo, apoyo, aerotriangulación y
restitución del MTN 25: Condiciones técnicas. Preparación de trabajos
de campo: Fuentes de información. Trabajos de formación y
edición.
15. Estructura de un ordenador. Unidad central de proceso:
Unidad aritmético-lógica, unidad de control, registros,
instrucciones. Memoria central. Representación interna de los datos.
16. Dispositivos periféricos de almacenamiento masivo.
Cintas, discos, tambores. Dispositivos periféricos de entrada/salida.
Canales. Unidades de control.
17. Sistemas operativos. Conceptos de memoria virtual,
multiprogramación, diversas organizaciones lógicas de memoria,
tiempo compartido, multiproceso y tiempo real.
18. Lenguajes de programación: Concepto y definiciones.
Tipos de lenguajes de programación. Lenguaje C y Fortran.
Fundamentos de lenguajes orientados a objetos. Programación
estructurada.
19. Bases de datos: Conceptos y definiciones. Organización
lógica: Esquemas y subesquemas. Estructuras. Lenguajes para la
descripción de datos y de programación. Bases de datos
relacionales. Organización física: Estructuras.
20. Estructuras de datos cartográficos. Conceptos básicos.
Consideraciones topológicas. Las bases de datos cartográficas
numéricas.
21. Sistemas de Información Geográfica. Definición.
Componentes de un SIG. Tipos de SIG. Aplicaciones.
22. El dato geográfico en forma digital. Métodos de captura
de datos. Verificación. Tratamiento de la información: Automático
e interactivo. Almacenamiento de los datos. Presentación de
resultados. Sistemas gráficos interactivos.
23. Estructuras de datos geográficos en un SIG.
Consideraciones topológicas.
24. Modelos digitales del terreno. Tipos de MDT. Fuentes
de datos y selección de los mismos. Productos obtenidos a partir
de un MDT. Aplicaciones de los MDT.
ANEXO III
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía
C URSO SELECTIVO
Módulo I. Administración y Función Pública
El Estado y las Administraciones Públicas
1. El marco constitucional. La Corona. El Tribunal
Constitucional.
2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo: La
función legislativa de las Cortes Generales y su relación con los otros
poderes.
3. El Poder Judicial: Organización, funciones e
independencia. Sus relaciones con los otros poderes.
4. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la Administración.
Mecanismos de control del Gobierno. Sus relaciones con los otros
poderes.
5. Las Administraciones públicas: Principios constitucionales
de organización y funcionamiento.
6. La Administración Central del Estado: Los órganos
superiores. Esquema de la organización ministerial en España.
7. Esquema de la organización territorial de las
Administraciones Públicas. Órganos periféricos de la Administración del
Estado.
8. La Administración institucional. Las empresas públicas.
9. Las Comunidades Autónomas. Distribución de
competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado.
10. La Administración Pública de las Comunidades
Autónomas: Organización y funcionamiento.
11. Las Entidades Locales: Relaciones con los otros poderes
territoriales. La Administración Pública local. Órganos consultivos
y de control de la Administración.
12. Las Comunidades Europeas: Principios básicos de
organización y funcionamiento.
13. La organización general del Ministerio de Fomento.
14. Análisis de los órganos sectoriales. Análisis de los órganos
horizontales.
15. La atribución y el ejercicio de las competencias.
Descentralización, desconcentración y delegación.
16. La organización territorial del Ministerio de Fomento.
17. Organismos autónomos, entes públicos y sociedades
estatales del Ministerio de Fomento.
Reglas de funcionamiento de la Administración Pública
18. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El
principio de jerarquía de las normas. Leyes. Decretos-leyes y Decretos
legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas.
19. Las normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes
ministeriales. Instrucciones y circulares. Tramitación
administrativa de las disposiciones de carácter general. Técnica para su
elaboración.
20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo. Análisis global de la Ley 30/1992.
21. La actividad de la Administración Pública (I). El principio
de legalidad.
22. Los actos administrativos.
23. La actividad de la Administración Pública (II). El concepto
de interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos.
24. La actividad de la Administración Pública (III). Los
procedimientos administrativos. Análisis de las fases del
procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.
25. La responsabilidad de la Administración Pública y sus
agentes.
26. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión
de oficio. El sistema de recursos. La reclamación
económicoadministrativa.
27. La Administración Pública y la justicia. La reclamación
previa. El recurso contencioso-administrativo.
Recursos Humanos y Función Pública
28. Régimen general de la Función Pública. Características
de la Función Pública. Competencias en materia de personal.
Órganos de coordinación y control.
29. Planificación de recursos humanos. La oferta de empleo.
Los planes de empleo público.
30. La selección de recursos humanos. Concepto y clases.
Sistemas selectivos: La promoción interna.
31. La provisión de puestos de trabajo. Análisis detallado de
las modalidades normales y excepcionales.
32. Movilidad y promoción profesional.
33. Derechos y deberes de los funcionarios.
34. Situaciones administrativas.
35. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
36. El sistema retributivo de la Función Pública. Análisis de
los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de trabajo y
retribuciones.
37. Las relaciones de puestos de trabajo.
La Unión Europea
1. La Unión Europea: La unión política y la unión económica
y monetaria. El Tratado de la Unión Europea. La adhesión de
España a las Comunidades Europeas: Problemática económica de
la plena integración.
2. Las instituciones comunitarias (I): El Consejo Europeo, el
Consejo de Ministros y la Comisión.
3. Las instituciones comunitarias (II): El Parlamento Europeo,
el Tribunal de Justicia. La participación de los Estados miembros
en el proceso decisorio.
4. El Derecho comunitario. Sus fuentes: Reglamentos,
directivas y decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el
ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La aplicación del
Derecho comunitario.
5. El Presupuesto comunitario. Características, estructura y
normativa reguladora. Las políticas estructurales y las nuevas
perspectivas financieras comunitarias. Las políticas comunes de la
Unión Europea. Especial referencia a las políticas regional, de
transportes, medio ambiente y comunicaciones.
Módulo II
1. Trabajo en equipo.
2. Redacción de informes.
Módulo III. Gestión Administrativa
1. Contratación administrativa. Marco normativo. El contrato
administrativo. Órganos de contratación.
2. Elaboración, aprobación y replanteo del proyecto.
Tramitación del expediente de contratación con aprobación del pliego
de cláusulas administrativas particulares y del gasto
correspondiente. Selección del adjudicatario.
3. Ejecución del contrato de obra pública. Prerrogativas de
la Administración. Garantías del contratista. Ejecución de obras
por la propia Administración. Extinción del contrato.
4. Régimen de pagos. Cesión y subcontratación.
5. Ejecución del contrato de obras. Modificación. Obras
complementarias. Cesión y subcontrato. Ejecución por Administración.
Extinción del contrato.
6. La actividad convencional de la Administración Pública.
Contratación de otros Entes públicos.
7. La expropiación forzosa: Concepto. Naturaleza jurídica.
Legislación vigente. Sujetos. Objeto. Procedimiento general.
Procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. Reversión de
bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales.
8. Práctica de los procedimientos: Procedimiento general de
urgencia. Determinación del justo precio: Sistemas. Incidencias
derivadas de la tramitación de expedientes.
9. El dominio público: Concepto y naturaleza jurídica.
Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.
Elementos del dominio público: Sujeto. Objeto. Destino. El dominio
público: Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.
10. Régimen jurídico del dominio público: Inalienabilidad.
Inembargabilidad. Dominio público y el Registro. Servidumbres.
Imprescriptibilidad. Deslinde. Recuperación. Potestad
sancionadora. Utilización del dominio público. Usos comunes: General y
especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones. Reservas
demaniales.
11. La Administración sancionadora y la Administración
responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el
procedimiento sancionador.
12. Dominio Público Carreteras (I): Concepto. Modos de
explotación de las carreteras. Carreteras en régimen de concesión.
Elementos funcionales. Áreas de servicio. Estaciones de servicio.
Uso y defensa. Zonas de protección. Zonas de dominio público,
servidumbre y afectación. Línea de edificación. Publicidad.
Autorizaciones de obras, instalaciones o actividades. Accesos. Uso de
las carreteras. Infracciones y sanciones. Tramos urbanos.
13. Dominio Público Carreteras (II): Tramitación de
expedientes relacionados con las limitaciones de la propiedad. Publicidad.
Expedientes sobre estaciones de servicio, accesos, paralización
de obras, infracciones y sanciones. Expedientes sobre obras en
las márgenes de tramos urbanos.
Gestión Económica Financiera
1. El modelo económico español en el marco de la economía
mundial. Líneas generales de la política económica actual. El
sector servicios y los subsectores de transporte, comunicaciones.
Análisis de las principales macromagnitudes. Incidencias de las obras
públicas en el marco económico social.
2. La actividad financiera de la Administración: Concepto
y normas reguladoras. Organización de la Administración
financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de
la Administración en vía tributaria. Principio y contenido de la
misma. Principio de legalidad. Teoría jurídica de los ingresos
públicos. Clasificación.
3. El tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las tasas
y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación
e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía
tributaria. Los tributos y el Ministerio de Fomento. Figuras de especial
importancia en los campos de la tasa y de la contribución especial.
4. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y
aprobación: La estructura presupuestaria. La elaboración del
presupuesto.
5. Las modificaciones presupuestarias: Clases de
modificaciones y tramitación. El presupuesto del Ministerio de Fomento
para 1998: Principales partidas del gasto. Ingresos gestionados
por el Ministerio de Fomento.
6. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del
gasto: Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del
pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.
7. La ejecución de los gastos públicos (I): Los gastos de
personal: Retribuciones de los empleados públicos. Elaboración
y pago de las nóminas. Otros gastos de personal.
8. La ejecución de los gastos públicos (II): Los gastos de
transferencias: Gestión de subvenciones. Gestión de gastos
derivados de la responsabilidad patrimonial del Estado.
9. La ejecución del presupuesto de gastos como
consecuencia de la actividad contractual de la Administración.
10. Procedimientos especiales de gasto: Anticipos de caja fija.
Pagos a justificar. Obras de emergencia. Pagos en el exterior.
Convalidación de gastos realizados sin fiscalización. Tramitación
anticipada de expedientes de gasto.
Módulo IV. Ámbitos de actuación del IGN
1. Atlas Nacional de España.
2. La red geodésica de España.
3. La red sísmica de España.
4. El Registro Central de Cartografía. Delimitaciones
territoriales y nomenclátor geográfico nacional.
5. Panorámica actual y tendencias de la geodesia, geofísica
y cartografía en el mundo.
6. Las bases cartográficas numéricas BCN 200 y BCN 25.
Los modelos digitales del terreno MDT 200 y MDT 25.
7. El sistema de información geográfica del IGN (SIGNA).
8. Productos y servicios geográficos y su comercialización.
El Centro Nacional de Información Geográfica.
9. Organización y funciones del IGN.
10. El personal al servicio del IGN. El presupuesto del IGN.
ANEXO IV
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía
Tribunal titular:
Presidente: Don Manuel García Pérez, Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información.
Vocales: Don José Cebrián Pascual, Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información; don Adolfo Dalda Mourón,
Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, y don Francisco Soriano Llano,
Cuerpo General de Gestión de la Administracion Civil del Estado.
Secretario: Don Juan José Rueda Núñez, Cuerpo de Ingenieros
Técnicos en Topografía.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Ricardo Parra Maldonado, Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información.
Vocales: Don Lorenzo García Asensio, Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información; don Antonio Barbadillo
Fernández, Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, y doña Aurora
Moyano Andrés, Cuerpo General de Gestión de la Administración Civil
del Estado.
Secretario: Don Santiago Picazo Azcárate, Cuerpo de
Ingenieros Técnicos en Topografía.
ANEXO V
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía
Don ........................................................
..............................................., condomicilio en
................................................................
....................................., y condocumento nacional
de identidad número....................,declara bajo juramento
o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo
de ..............................................................
......................................., que no hasido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En .............., a .............. de .............. de1998.
ANEXO VI
(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)
Don/doña............................................................................................................................
Cargo................................................................................................................................
Centro directivo o unidad administrativa...............................................................................................
CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes extremos:
Apellidos...................................................Nombre...................................................
Cuerpo o Escala a que pertenece........................................................................................
Documento nacional de identidad número.......................Número de Registro de Personal.......................
Destino actual..........................................................................................................
1. o Antigüedad:
Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. o Grado personal consolidado:
3. o Datos referidos al puesto de trabajo desarrollado.
Denominación del puesto:
Años completos de servicios prestados en el puesto de trabajo:
4. o Cursos de formación y perfeccionamiento.
Denominación Centro que lo impartió ................................................................... ...................................................................
................................................................... ...................................................................
................................................................... ...................................................................
................................................................... ...................................................................
................................................................... ...................................................................
Expedido en................. ................., a ................. de ................. ................. de 19 .................
(Firma y sello)
(A cumplimentar por el órgano de selección)
Total puntuación en fase de concurso..............................................
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid