El Ministerio de Educación y Cultura ha de asegurar la escolarización
de los alumnos de la Educación Secundaria Obligatoria que se encuentra
en fase de implantación.
Mediante la creación de las secciones que se establece en la presente
Orden se logra garantizar el derecho a la educación en unas condiciones
que suponen la aproximación de la oferta educativa al lugar de residencia
de las familias, particularmente en el medio rural.
Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 80
del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria,
aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Se crean las siguientes secciones de Educación Secundaria
Obligatoria, que dependerán de los Institutos de Educación Secundaria
que se indican:
Municipio/Localidad/Código Instituto del que depende
Asturias
1. Allande-Pola/33023765. IES "Cueto de Arbás", de Cangas de
Narcea.
2. Cabrales-Las Arenas/33023731. IES"Rey Pelayo", de Cangas de Onís.
3. Degaña-Cerredo/33023728. IES "Conde D. Piñolo", de Cangas de
Narcea.
4. Grandas de Salime/33023741. IES "Elisa y Luis Villamil", de Vegadeo.
Badajoz
5. Fuente de Cantos/06003163. IES "Suárez de Figueroa", de Zafra.
Cantabria
6. Corvera de
Toranzo-Alceda/39014154.
IES "Santa Cruz", de
Castañeda-Villabáñez.
Municipio/Localidad/Código Instituto del que depende
Guadalajara
7. Brihuega/19003462. IES "Liceo Caracense", de Guadalajara.
8. El Casar/19003929. IES "Luis de Lucena", de Guadalajara.
9. Sacedón/19003841. IES "L. Fernández de Moratín", de
Pastrana.
10. Yunquera de Henares/19003875. IES"Luis de Lucena", de Guadalajara.
11. Jadraque/19003917. IES "M. Vázquez de Arce", de Sigüenza.
Segundo.-Estas secciones entrarán en funcionamiento en el
curso 1998/1999, en el que implantarán el primer ciclo de Educación
Secundaria Obligatoria.
Tercero.-La estructura y funcionamiento de estas secciones de
Educación Secundaria Obligatoria se adaptará a lo establecido en el
artículo 80 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria,
aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, las normas que lo
desarrollen, en lo que les sea de aplicación, y lo señalado en el apartado II,
Organización y funcionamiento de las secciones, de la Orden de 1 de marzo
de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 13).
Cuarto.-Se suprime la sección de Educación Secundaria Obligatoria
de Oviedo (código 33024101), creada por Orden de 1 de marzo de 1996
y dependiente del Instituto de Educación Secundaria "Doctor Fleming",
de la citada localidad, en el que se dará continuidad a las enseñanzas
que se venían impartiendo mediante su integración en el mismo.
Quinto.-Se autoriza a las Direcciones Generales de Centros Educativos
y de Personal y Servicios del Departamento para dictar las instrucciones
necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la apertura y
funcionamiento de las secciones que se crean.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 8 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, "Boletín
Oficial del Estado" del 19), el Director general de Centros Educativos,
Francisco López Rupérez.
Ilmos. Sres. Directores generales de Centros Educativos y de Personal
y Servicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid