Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 23 de mayo
de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima),
en el recurso contencioso-administrativo número 1970/95, promovido por
doña María Migens Nogales y otras, contra resoluciones de la Dirección
Gerencia del Hospital Materno-Infantil de la Seguridad Social "La Paz",
de fechas 6 de octubre de 1993, por la que se impone a las recurrentes
una sanción disciplinaria de amonestación por escrito, cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto, en su propio nombre y representación, por
doña María Migens Nogales, doña Cándida Zamora Segorbe, doña Antonia
Peliko Bokara, doña Rosa María López Díaz y doña María Cruz López
Kareaga, contra los actos administrativos reflejados en el fundamento de
derecho primero de la presente resolución, los cuales, por ser contrarios
a derecho, anulamos; pronunciamiento por el que habrá de estar y pasar
la Administración demandada, y todo ello sin efectuar pronunciamiento
alguno en cuanto a costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,
"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid