Habiéndose suscrito, con fecha 10 de julio de 1998, un Convenio de
Encomienda de Gestión entre el Ministerio del Interior y la Comunidad
Foral de Navarra en materia de juego, procede la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo de esta
Resolución.
Madrid, 14 de julio de 1998.-El Secretario general técnico, Rafael Ramos
Gil.
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE EL MINISTERIO
DEL INTERIOR Y LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN
MATERIA DE JUEGO
En Madrid a 10 de julio de 1998.
Reunidos, de una parte, el excelentísimo señor don Jaime Mayor Oreja,
Ministro del Interior, y, de otra, el excelentísimo señor don Rafael Gurrea
Indurain, Consejero de Presidencia e Interior del Gobierno de Navarra.
Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal para
obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.-Que la Comunidad Foral de Navarra ostenta la competencia
exclusiva sobre la materia de casinos, juegos y apuestas, con exclusión
de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas, conforme a lo establecido
en el artículo 44.16 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
Que el ejercicio de las funciones administrativas inherentes a la gestión
de dicha materia se residencia en el Departamento de Presidencia e Interior
de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Segundo.-Que ello, no obstante, constituye voluntad de las partes
suscribientes la promoción de fórmulas de asistencia interadministrativa en
materia de homologación y registro de material de juego, en la búsqueda
del mejor servicio al ciudadano y de la mayor eficacia de la Administración,
en su conjunto.
Ello requiere la puesta a cargo de los órganos especializados del
Ministerio del Interior tanto de la realización de la concreta actividad técnica
de comprobación del material utilizado en el juego, con carácter previo
a su eventual homologación por la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra, como del mantenimiento de los registros administrativos
referidos a dicha actividad, en los que se integrarán las anotaciones a que
den lugar las actuaciones que, en relación con la misma, lleve a cabo
la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
De otro lado, este instrumento, en suma con los acuerdos que lleguen
a obtenerse en el marco correspondiente Conferencia Sectorial y de los
Convenios de colaboración que el Ministerio del Interior pueda suscribir
con las diferentes Comunidades Autónomas con competencias en materia
de juego, debe permitir la deducción de los criterios técnicos comunes
aplicables al materialyalatecnología del juego y facilitar al sector
productivo, a los operadores y a los ciudadanos la disposición de información
a diferentes escalas territoriales, la simplificación de sus gestiones ante
la Administración pública y, en general, la transparencia del sector.
Por todo ello, acuerdan suscribir el presente Convenio de Encomienda
de Gestión, en el marco establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto delConvenio. El presente Convenio tiene por objeto
constituir una encomienda de gestión a favor del Ministerio del Interior,
por parte del Departamento de Presidencia e Interior del Gobierno de
Navarra, al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, el Ministerio del Interior realizará las actividades de
carácter técnico relacionadas con la homologación del material de juego,
y ello sin perjuicio de aquellas otras actuaciones complementarias que,
a tal efecto, pudiera llevar a cabo el Departamento de Presidencia e Interior
del Gobierno de Navarra.
Igualmente, el Ministerio del Interior realizará la gestión y el
mantenimiento de un registro de modelos, en el que se identificarán los modelos
de máquinas de juego y recreativas que sean objeto de homologación por
la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, por medio de la
práctica de las anotaciones oportunas.
Segunda.Procedimiento. La gestión de las actuaciones
encomendadas por el presente Convenio se realizará de la siguiente forma:
1. El Ministerio del Interior recibirá cuanta documentación y demás
elementos sean necesarios para la verificación del material de juego cuya
homologación se solicite a la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra; cumplimentado lo cual, por el citado Ministerio se practicarán
las oportunas operaciones técnicas de comprobación de dicho material.
2. A la vista de la documentación presentada y del resultado de los
ensayos procedentes, el Ministerio del Interior informará al Departamento
de Presidencia e Interior de la Comunidad Foral sobre las características
del respectivo material de juego en relación con las comprobaciones
efectuadas.
3. A la recepción de dicho informe, el Departamento de Presidencia
e Interior del Gobierno de Navarra, sin perjuicio de practicar otras
actuaciones complementarias, resolverá sobre el otorgamiento de la
homologación solicitada, de acuerdo con sus propias normas sustantivas y de
procedimiento, comunicando al Ministerio del Interior las resoluciones
que adopte, a los efectos de practicar las anotaciones correspondientes
en el registro de modelos previsto en la cláusula primera.
Tercera. Ensayos delaboratorio. Con anterioridad a su
homologación, todos los modelos de máquinas deberán ser sometidos a los
preceptivos ensayos por los laboratorios que determine la autoridad a favor
de la cual se realiza esta encomienda de gestión, o que, en su caso, proponga
la autoridad encomendante, de acuerdo con las normas establecidas en
los Reglamentos de Máquinas y Juego y de Máquinas Recreativas vigentes
en la Comunidad Foral de Navarra.
Cuarta. Comisión deSeguimiento. Ambas partes se comprometen
a efectuar el seguimiento conjunto del presente Convenio y a coordinar
sus actuaciones para facilitar el cumplimiento de las obligaciones
contraídas con ocasión del mismo.
A tal efecto, se constituye una Comisión de Seguimiento del Convenio
encargada de resolver las dudas que surjan en su interpretación, de
solventar las posibles discrepancias que puedan sobrevenir en su ejecución,
y de elaborar las propuestas tendentes a mejorar tanto las funciones
técnicas relacionadas con la homologación del material de juego como las
relativas a la gestión del referido registro de modelos.
Dicha Comisión estará compuesta por un número igual de
representantes de cada una de las partes que suscriben el presente Convenio,
siendo copresidida por el representante de mayor rango de cada una de
las Administraciones.
La Comisión se reunirá con la periocidad que se determine en el
momento de su constitución y, en todo caso, con carácter extraordinario, cuando
así lo estime oportuno alguno de sus copresidentes.
Quinta. Duración y vigencia delConvenio. El presente Convenio
se establece con carácter indefinido, pudiendo ser denunciado por
cualquiera de las partes firmantes, con una antelación mínima de tres meses.
Denunciado el Convenio, deberán, no obstante, evacuarse los informes
previstos en el punto 2 de la cláusula segunda respecto de aquellos
procedimientos que se encuentren en tramitación.
Sexta. Eficacia y publicidad delConvenio. El Convenio obligará a
las Administraciones intervinientes desde el momento de su firma.
No obstante lo anterior, este Convenio se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado" y en el "Boletín Oficial de Navarra".
Séptima. Cuestioneslitigiosas. Sin perjuicio de las funciones
encomendadas a la Comisión de Seguimiento, señalada en la cláusula cuarta,
las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y
cumplimiento del presente Convenio se someterán al conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo
acordado, se firma el presente Convenio en duplicado ejemplar y en el
lugar y fecha al principio mencionados.-El Ministro del Interior, Jaime
Mayor Oreja.-El Consejero de Presidencia e Interior, Rafael Gurrea
Indurain.
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