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Atendiendo a una petición de la Oficina de Cooperación en Guinea Ecuatorial, por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 4 de marzo de 1985, se crearon tres unidades escolares de Educación General Básica en dicho país, una de ellas en la localidad de Bata, a fin de atender la escolarización de los alumnos españoles.
La mayor demanda de plazas, especialmente por parte de alumnos ecuatoguineanos obligó a incrementar el número de unidades escolares, las cuales presentan en estos momentos unas características muy diferentes a las que tenían en el momento de su creación; en efecto, en la actualidad son ocho las unidades en funcionamiento, con un número de alumnos cercano a los doscientos, de los que un 90 por 100 son guineanos, por lo que puede afirmarse que es ha producido una variación sustancial en las circunstancias, conforme a las cuales se crearon estas unidades. Por otra parte, la aplicación del nuevo sistema educativo, que no sólo establece la extensión de la educación obligatoria en dos cursos más, sino que, además, exige cumplir determinados mínimos en cuanto a espacios para su impartición, obligan a adaptar el desarrollo de la acción educativa en Bata a estas circunstancias. Partiendo del interés que la Administración educativa española tiene en el funcionamiento de unidades que impartan enseñanzas conforme al sistema español en dicha localidad, se considera necesario mantener la existencia de un centro docente en el que la impartición de las enseñanzas españolas quede asegurada. Para ello resulta precisa la firma de un convenio de colaboración con la Comunidad de Salesianos San Juan Bosco de Bata, dado que esta institución goza de una reconocida experiencia y prestigio en el ámbito docente, y dispone de instalaciones adecuadas en Bata y un suficiente grado de implantación en el país. En este convenio, que se concluirá al amparo del artículo 7.1.d) del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, está prevista también la participación de la Agencia Española de Cooperación, con cargo a cuyo presupuesto se prevé adaptar los locales del centro y sufragar los costes del mantenimiento del mismo.
Considerando lo anterior, dispongo:
Sustituir las actuales unidades escolares existente en Bata, creadas por la Orden del Ministro de Educación y Ciencia, de 4 de marzo de 1985 por otras de nueva creación en la Comunidad de Salesianos San Juan Bosco a través de la conclusión de un convenio de colaboración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1.d) del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Subsecretario del Departamento la competencia para concluir el convenio de colaboración a que se alude en el apartado anterior.
Una vez suscrito el convenio de colaboración conforme a lo previsto en la cláusula segunda de la presente Orden, la Inspección Técnica Educativa velará por la correcta impartición del currículo que corresponde a las enseñanzas del sistema educativo español. Asimismo, el Ministerio de Educación y Cultura expedirá los correspondientes títulos, para los alumnos que finalicen los estudios, y velará por la efectiva convalidación de los mismos con los equivalentes del sistema educativo guineano.
Con el fin de evitar la interrupción de la acción docente, la sustitución de las unidades escolares de Bata a que se refiere el apartado primero de esta Orden producirá efectos a partir del momento en que la Comunidad Salesiana asuma, conforme a lo señalado en el apartado primero, la impartición de las correspondientes enseñanzas.
Por la Subsecretaría, la Dirección General de Personal y Servicios y la Secretaría General Técnica se adoptarán cuantas medidas sean precisas para ejecutar la presente Orden.
Madrid, 23 de julio de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Ilmos. Sres. Subsecretario, Directora general de Personal y Servicios y Secretario general técnico.
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