Por Orden de 10 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del
Estado" de 9 de enero de 1998), se convocó concurso para la
provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración
de la Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social,
Instituto Social de la Marina, Tesorería General de la Seguridad
Social, Gerencia de Informática, Instituto de Migraciones y
Servicios Sociales, Instituto Nacional de la Salud e Intervención
General de la Seguridad Social), y de acuerdo con lo previsto en la
base décima de dicha convocatoria así como la Orden de 15 de
junio de 1998 por la que se prorroga el plazo de resolución, así
como el artículo 47.1 del vigente Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en
lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso,
y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se
establecen en las bases de la convocatoria mencionada, que
recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General de 10
de marzo de 1995 sobre plazo de presentación de instancias,
examen de las mismas, valoración de méritos alegados según baremo
establecido y previa propuesta elaborada por la correspondiente
Comisión de Valoración a la que hace referencia la base octava
de la citada Orden de 10 de diciembre de 1997,
Este Ministerio, en uso de las facultades que tiene conferidas,
ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración
de méritos, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan
en el anexo I a los funcionarios que, asimismo, se especifican.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos de trabajo que se
detallan en el anexo II.
Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes
si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente Orden.
Cuarto.-Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo,
el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la
publicación de la misma en el "Boletín Oficial del Estado". No obstante,
aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la
situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado de
hijos, no será necesario que formalicen la toma de posesión del
destino que les corresponda hasta que se haga efectivo el reingreso
al servicio activo.
Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado
un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos
de provisión, salvo en el ámbito de la misma Secretaría de Estado
o del mismo Departamento ministerial, en defecto de aquélla o
en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo
20.1, e), de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.
Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de
indemnización por concepto alguno.
Séptimo.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la misma, previa la preceptiva comunicación a este
Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la
Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así
como lo dispuesto en los artículos 108, 109 y 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 27 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 26 de junio
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Secretario de
Estado de la Seguridad Social, Juan Carlos Aparicio Pérez.
(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)
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