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Documento BOE-A-1998-19038

Resolución de 14 de julio de 1998, de la Subsecretaría, por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 26 de junio de 1998, sobre ejecución de sentencia, dictada en fecha 7 de abril de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 178/1995, interpuesto por la entidad mercantil «Avenir Levante, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1998, páginas 26798 a 26799 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-19038

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, a propuesta del excelentísimo señor Ministro

de este Departamento, en su reunión de 26 de junio de 1998, y de

conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 17 de

diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos, la

sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número

178/1995, interpuesto por la entidad mercantil "Avenir Levante, Sociedad

Anónima", contra acuerdos del Consejo de Ministros de 18 de noviembre

de 1994, sobre infracción de la Ley de Carreteras.

Para un adecuado y completo cumplimiento de la ejecución de la citada

sentencia, esta Subsecretaría ha dispuesto ordenar la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" del acuerdo del Consejo de Ministros de

referencia, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 14 de julio de 1998.-El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo

Ibáñez-Martín.

Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.

ANEXO

Acuerdo sobre ejecución de sentencia, dictada en fecha 7 de abril

de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 178/1995,

interpuesto por la entidad mercantil "Avenir Levante, Sociedad

Anónima"

En el recurso contencioso-administrativo número 178/1995, interpuesto

por la entidad mercantil "Avenir Levante, Sociedad Anónima", contra el

acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 18 de noviembre de 1994,

se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Supremo, Sección Tercera, en fecha 7 de abril de 1998, cuya

parte dispositiva literalmente dice:

"Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo

interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Gavilán

Rodríguez, en nombre y representación de ªAvenir Levante, Sociedad Anónimaº,

contras los acuerdos del Consejo de Ministros de 18 de noviembre de 1994,

resolutorios de los expedientes sancionadores 371.506/94 A, 371.507/94 A,

371.508/94 A, 371.554/94 A y 371.555/94 A, en los que la empresa

demandante fue sancionada, respectivamente, con las multas de 2.400.000

pesetas, 2.400.000 pesetas, 2.000.000 de pesetas, 2.000.000 de pesetas y

1.975.000 pesetas, por infracciones de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de

Carreteras, actos administrativos que anulamos por ser contrarios a

derecho; todo ello sin expresa condena en costas."

El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la

Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de

diciembre de 1956, que se cumpla, en sus propios términos, la referida

sentencia.

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