El Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de
Aragón, la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón y el Cabildo
Metropolitano de Teruel han suscrito una prórroga del Convenio de colaboración
suscrito el 30 de diciembre de 1995 para la realización de trabajos de
restauración en la catedral de Teruel, por lo que, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en el acuerdo del Consejo de Ministros de 2
de marzo de 1990, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 20 de julio de 1998.-El Director general, Rafael
Rodríguez-Ponga y Salamanca.
PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, LA
DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, LA CAJA DE AHORROS DE
LA INMACULADA Y EL CABILDO DE LA CATEDRAL DE TERUEL
PARA LA FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE RESTAURACIÓN
DEL ARTESONADO DE LA NAVE PRINCIPAL DE LA CATEDRAL DE
TERUEL
En Madrid, a 10 de junio de 1998.
REUNIDOS
El Gobierno de la Nación, representado por la excelentísima señora
doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Ministra de Educación y Cultura,
en quien se delega la firma, en virtud del artículo 16 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común; el excelentísimo señor don
Vicente Bielza de Ory, Consejero de Educación y Cultura de la Diputación
General de Aragón, autorizado por acuerdo del Consejo de Gobierno de
Aragón de 14 de abril de 1998, actuando de acuerdo con los principios
competenciales que en materia de cultura confiere a la Administración
General del Estado el artículo 149.2 de la ConstituciónyalaComunidad
Autónoma de Aragón el artículo 148.1.16. o de la Constitución y el
artículo 35, apartado 1.22, del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado
por la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por la Ley
Orgánica 6/1994, de 24 de marzo; el ilustrísimo señor don José María
Sas Llauradó, Presidente del Consejo de Administración de la Caja de
Ahorros de la Inmaculada, en su nombre y de acuerdo con las atribuciones
que tiene conferidas, y del ilustrísimo señor don Pedro Hernández
Izquierdo, Deán del Cabildo de la Catedral de Teruel, en representación del mismo,
manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la continuación
y finalización de los trabajos de restauración que se están llevando a cabo
en el artesonado de la nave principal de la catedral de Teruel.
Por todo ello, las partes firmantes
EXPONEN
Que con fecha 15 de mayo de 1995 fue suscrito un Convenio de
colaboración, sustituido por el de fecha 30 de diciembre de 1995, entre el
entonces Ministerio de Cultura, la Diputación General de Aragón, la Caja
de Ahorros de la Inmaculada y el Cabildo de la Catedral de Teruel, para
la restauración del artesonado de la nave principal de la catedral de Teruel,
con una inversión estimada de 120.000.000 de pesetas, distribuida según
se establece en las cláusulas cuarta y quinta del Convenio, y con un período
de vigencia que finaliza con el año 1997.
Que los trabajos de restauración previstos en el proyecto redactado
por el Instituto del Patrimonio Histórico Español del Ministerio de
Educación y Cultura requieren un plazo de ejecución superior al establecido
en el Convenio, que fue suscrito previamente a la redacción del proyecto.
Que, además de la inversión correspondiente al mayor número de meses
necesarios para la finalización de la intervención, existen actuaciones de
difusión de los trabajos llevados a cabo, cuya evaluación económica no
se contempla en el Convenio.
Por lo que, a tenor de lo establecido en la cláusula novena del Convenio
de colaboración,
ACUERDAN
La prórroga del Convenio de colaboración suscrito con fecha 15 de
mayo de 1995, sustituido por el de 30 de diciembre de 1995, con arreglo
a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.-El Convenio se prorroga por un período de catorce meses,
a partir del 1 de enero de 1998, suponiendo una inversión de 78.000.000
de pesetas.
Segunda.-Los trabajos se realizarán cumpliendo el proyecto de
restauración y las indicaciones del Instituto del Patrimonio Histórico Español
del Ministerio de Educación y Cultura.
Tercera.-La dirección de los trabajos corresponderá a la persona
designada por el Instituto del Patrimonio Histórico Español del Ministerio de
Educación y Cultura, asistido en sus labores de supervisión por el técnico
designado por cada uno de los restantes firmantes del Convenio, en
cumplimiento de lo establecido en la cláusula tercera.
Cuarta.-La inversión estimada para la finalización de los trabajos de
restauración, de 78.000.000 de pesetas, será financiada de acuerdo con
la siguiente distribución:
Caja de Ahorros de la Inmaculada: 42.500.000 pesetas.
Diputación General de Aragón: 25.500.000 pesetas.
Ministerio de Educación y Cultura: 10.000.000 de pesetas.
Quinta.-La aportación correspondiente al Ministerio de Educación y
Cultura será efectuada con cargo al ejercicio de 1998 y la de la Diputación
General de Aragón será efectuada con cargo a los ejercicios presupuestarios
de 1998 y 1999, con la siguiente distribución: Ejercicio de 1998, 17.500.000
pesetas; ejercicio de 1999, 8.000.000 de pesetas, efectuándose con
antelación suficiente para realizar los pagos derivados del contrato a que se
refiere la cláusula siguiente.
Sexta.-Con el fin de facilitar la continuidad de los trabajos, la
contratación de los mismos y demás actuaciones necesarias para la
restauración del artesonado de la nave principal de la catedral de Teruel será
efectuada por la Caja de Ahorros de la Inmaculada, transfiriendo las otras
partes firmantes a esta institución la parte correspondiente a cada una
de ellas.
El pago de las certificaciones periódicas requerirá la conformidad del
Director de los trabajos y de la Subdirectora general del Instituto del
Patrimonio Histórico Español.
Séptima.-El control y seguimiento de los trabajos, objeto de esta
prórroga, será llevado a cabo por la Comisión ya constituida el efecto en
cumplimiento de la cláusula séptima del Convenio.
Octava.-En la difusión, por cualquier medio, de los trabajos objeto
del Convenio suscrito y su prórroga habrá de hacerse mención expresa
de todas las partes que lo integran y de la auditoría del Instituto del
Patrimonio Histórico Español en la redacción del proyecto de restauración.
Novena.-La vigencia de la presente prórroga del Convenio de
colaboración finalizará con la ejecución de las obras objeto de éste y la
liquidación del gasto correspondiente, y, en cualquier caso, al cumplirse el
período de vigencia de la cláusula primera.
Décima.-Cualquier modificación en la inversión contemplada en la
cláusula cuarta será asumida por las partes en las proporciones en ella
establecidas.
Undécima.-La efectividad de la presente prórroga queda supeditada
a la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado y de la
Caja de Ahorros de la Inmaculada para 1998 y en los de la Diputación
General de Aragón para los años 1998 y 1999, se consignen las cantidades
necesarias para su cumplimiento.
En prueba de conformidad, se firma esta prórroga de Convenio, por
cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.
La Ministra de Educación y Cultura, Esperanza Aguirre Gil de
Biedma.-El Consejero de Educación y Cultura, Vicente Bielza de Ory.-El
Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de la
Inmaculada, José María Sas Llauradó.-El Deán del Cabildo de la Catedral de
Teruel, Pedro Hernández Izquierdo.
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