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Documento BOE-A-1998-19049

Orden de 1 de julio de 1998 por la que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo» para el año 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1998, páginas 26812 a 26812 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-19049

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,

establece que el presupuesto de las Universidades contendrá, en su estado

de ingresos, entre otros conceptos, las tasas académicas y demás derechos

que legalmente se establezcan.

Por su parte, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

otorga a las referidas tasas la consideración de precios públicos.

De acuerdo con dichas normas y teniendo en cuenta la Orden de 2

de agosto de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), que encomienda

al Ministerio de Educación y Cultura la aprobación del importe de los

precios públicos de la Universidad Internacional "Menéndez Pelayo",

dependiente de la Administración General del Estado, así como la Memoria

económico-financiera a que se refiere el artículo 26.2 de la ya citada

Ley 8/1989, elaborada de acuerdo con la propuesta de la Junta de Gobierno

de la Universidad, por medio de la presente Orden se actualizan los precios

a satisfacer por la prestación de servicios académicos para el año 1998,

en la mencionada Universidad.

En su virtud, y al amparo de la habilitación conferida por el

artículo 26.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

dispongo:

Primero.-Los precios a satisfacer por la prestación del servicio público

de la educación superior en la Universidad Internacional "Menéndez

Pelayo", en los estudios conducentes a la obtención de los títulos y diplomas

no oficiales que expide dicha Universidad, en el año 1998, serán abonados

de acuerdo con las tarifas del anexo que se establecen en la presente

Orden.

Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 1 de julio de 1998.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades, Investigación y

Desarrollo; Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación

Científica, y Excmo. Sr. Rector magnífico de la Universidad

Internacional "Menéndez Pelayo".

ANEXO

Tarifas

I. Cursos, Seminarios y Encuentros a celebrar en todas las sedes,

menos en la de Tenerife

Matrícula de curso tipo A: 17.000 pesetas.

Matrícula de curso tipo B: 22.000 pesetas.

Matrícula de curso tipo C: 30.000 pesetas.

Matrícula de curso tipo D: 46.000 pesetas.

Matrícula de curso tipo E: 75.000 pesetas.

A los alumnos residentes en Cantabria se les realizará, en la sede

de Santander, un descuento del 10 por 100 en el precio de la matrícula,

excepto para los cursos del tipo E.

A los cónyuges, ascendientes y descendientes directos de los empleados

de la UIMP se les realizará un descuento del 50 por 100 en el precio

de la matrícula del primer curso y un 10 por 100 en el del segundo y

siguientes, excepto para los cursos del tipo E.

II. Cursos y Seminarios a celebrar en la sede de Tenerife

Matrícula de curso: 10.500 pesetas.

III. Encuentros y Talleres sobre temas específicos y de duración inferior

a una semana

Matrícula reducida en todas las sedes: 10.000 pesetas.

IV. Cursos de enseñanza del español como lengua extranjera

Matrícula de curso: 40.000 pesetas.

V. Cursos de español para extranjeros

Julio Pesetas

Agosto Pesetas

Septiembre pesetas

Alumnos externos.................... 63.000 63.000 48.000

Alumnos internos:

Habitación individual.............183.000 183.000 144.000

Habitación doble (caballerizas) . . . 173.000 173.000 128.000

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