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Documento BOE-A-1998-19085

Orden de 10 de julio de 1998 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 1998, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1/794/1994, interpuesto por la Confederación de la Unión Sindical Obrera (USO).

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1998, páginas 26841 a 26841 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-19085

TEXTO ORIGINAL

En fecha 21 de enero de 1998, la Sala Tercera, Sección Tercera, del

Tribunal Supremo, dictó sentencia en el recurso

contencioso-administrativo número 1/794/1994, interpuesto por la Confederación de la Unión

Sindical Obrera (USO), contra el Real Decreto número 1594/1994, de 15

de julio, por el que se regula la profesión de Odontólogo, Protésico e

Higienista Dental.

La parte dispositiva de dicha sentencia es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso

contencioso-administrativo número 794/94, interpuesto por la procuradora

doña Estrella Zambrana Quesada, en nombre y representación de Unión

Sindical Obrera (USO), contra el Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio,

todo ello sin expresa condena en costas."

El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo previsto en la

Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de

diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 10 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,

"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón

Leal.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Sanidad y Consumo.

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