Por Resolución de 12 de julio de 1982 ("Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña" de 18 de agosto), se incoó expediente para la declaración
de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia antigua de Sant
Fermí i Sant Pere, en Rellinars (Vallès Occidental);
Visto el informe desfavorable a la declaración de la iglesia antigua
de Sant Fermí i Sant Pere, de 19 de noviembre de 1997, emitido por el
Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán, en el que se hace constar
que los valores culturales de dicha iglesia son sólo destacables desde el
punto de vista local, pero no en el ámbito del patrimonio arquitectónico
de Cataluña;
Considerando el artículo 8.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,
del Patrimonio Cultural Catalán, que exige el informe favorable del Consejo
Asesor del Patrimonio Cultural Catalán para que se declare un bien cultural
de interés nacional;
Considerando que se ha dado audiencia a los interesados y que no
se ha presentado ninguna alegación,
Resuelvo:
1. Archivar el expediente de declaración de bien cultural de interés
nacional de la iglesia antigua de Sant Fermí i Sant Pere, en Rellinars,
y, en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución de 12 de julio de 1982,
por la que se incoaba el expediente referenciado.
2. Notificar la presente Resolución a los interesados, dar traslado
de las mismas al Ayuntamiento de Rellinars y hacerle saber que se levanta
la suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación o
demolición en las zonas afectadas y de los efectos de las licencias ya
otorgadas.
Barcelona, 2 de julio de 1998.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.
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