En el recurso contencioso-administrativo número 5/1.872/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por don César Alba y Fuster, don Carlos Reparaz Medinaveitia, don Álvaro de Salas Giménez de Azcárate, don Vicente Vázquez González, don Arturo Reig Tapia, don Francisco Javier Aparicio Álvarez, don Antonio Sánchez Jara y don Leopoldo Stampa Piñero, contra la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 22 de enero de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado.
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don César Alba y Fuster, don Carlos Reparaz Medinaveitia, don Álvaro de Salas Giménez de Azcárate, don Vicente Vázquez González, don Arturo Reig Tapia, don Francisco Javier Aparicio Álvarez, don Antonio Sánchez Jara y don Leopoldo Stampa Piñero, contra las resoluciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de 5 de junio y 4 de julio de 1995, que se confirman por ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Se expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.» En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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