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Documento BOE-A-1998-19439

Orden de 20 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, dictada con fecha 3 de febrero de 1998, en el recurso número 5/2.307/1995, interpuesto por don Jesús Carlos Riosalido Gambotti y 14 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27345 a 27346 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-19439

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.307/1995,

interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,

Sección Quinta, por don Jesús Carlos Riosalido Gambotti, doña Mercedes

Menéndez Roca, doña Pilar Irurzun Gascue, doña Caritas Castellino

Desouza, don Eduardo Calamita Martín, doña María del Rosario Santirso Santirso,

don José María Ulrich Rojas, doña Concepción de Diego Sanz, don Agustín

García Benítez, doña Agustina Santolaya Viana, don Maximiliano Llorens

José, doña Purificación Sabio Díaz, don Ignacio Cabria García, don

Fernando Miranda de Larra y Onís y don Fermín Prieto-Castro Roumier, contra

la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de

funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 3 de

febrero de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por

la Abogacía del Estado y desestimando el recurso

contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Jesús Carlos Riosalido

Gambotti, doña Mercedes Menéndez Roca, doña Pilar Irurzun Gascue, doña

Caritas Castellino Desouza, don Eduardo Calamita Martín, doña María

del Rosario Santirso Santirso, don José María Ulrich Rojas, doña

Concepción de Diego Sanz, don Agustín García Benítez, doña Agustina

Santolaya Viana, don Maximiliano Llorens José, doña Purificación Sabio Díaz,

don Ignacio Cabria García, don Fernando Miranda de Larra y Onís y don

Fermín Prieto-Castro Roumier, contra las Resoluciones del Ministerio de

Asuntos Exteriores de 5 de junio, 27 de julio, 12 y 14 de septiembre,

24 de octubre y 10 de noviembre de 1995, debemos declarar y declaramos

que las Resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, sin hacer

expresa imposición de costas."

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes

de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre

de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la

referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del

Estado".

Madrid, 20 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,

"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal

Salido.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

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