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En el recurso contencioso-administrativo número 1.292/1996,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Société des
Produits Nestlé, Sociedad Anónima", actuando como codemandada Ryohin
Keikaku contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 5 de julio de 1995y8deabril de 1996, se ha dictado, con fecha 23
de abril de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha
interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos de estimar y estimamos el recurso interpuesto
por el Procurador don Eduardo Codes Feijoo, en representación de la
entidad ªSociété des Produits Nestlé, Sociedad Anónimaº, contra las
resoluciones de 8 de abril de 1996 desestimatorias de los recursos formulados
contra las resoluciones de 5 de julio de 1995 de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, que concedieron las marcas números 1.726.101 y
1.726.102 ªMujiº y los números 1.726.115 y 1.726.116 ªNo Brand Goods
Mujiº, para clases 29 y 30, y anulamos dichas resoluciones, dejando sin
efecto la concesión de dichas marcas; sin imposición de costas."
En su virtud, este organismo en cumplimiento de lo prevenido en la
Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla,
en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido
fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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