Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Luisa Sánchez
Flores, en representación de la "Congregación de Religiosas Josefinas de
la Santísima Trinidad", titular del centro privado denominado "La
Asunción", domiciliado en la calle Argentina, sin número, de Cáceres, solicitando
modificación de la autorización del centro, por ampliación de una unidad
de Educación Primaria,
Este Ministerio, ha resuelto:
Primero.-Modificar la actual autorización del centro privado que se
describe a continuación, ampliando una unidad de Educación Primaria.
Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: "La Asunción".
Persona o entidad titular: "Congregación de Religiosas Josefinas de
la Santísima Trinidad".
Domicilio: Calle Argentina, sin número.
Localidad: Cáceres.
Municipio: Cáceres.
Provincia: Cáceres.
Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.
Capacidad: 13 unidades con 325 puestos escolares.
Segundo.-El personal que atienda las unidades autorizadas en el centro
de Educación Primaria deberá reunir los requisitos sobre titulación que
establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del
centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Cáceres,
la relación del profesorado, con indicación de su titulación respectiva.
La Dirección Provincial, previo informe del Servicio de Inspección
Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación del personal que
impartirá docencia en el centro.
Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación
NBE CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los
edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 29).
Cuarto.-Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación
vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse
cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.
Quinto.-Contra esta Orden, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde
el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de
conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956,
y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 19 de junio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid