Visto el expediente de indulto de don Joaquín Cánovas Vacas, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia
de fecha 4 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor
y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17
de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Joaquín Cánovas Vacas la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total
rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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