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Visto el expediente de indulto de don Óscar Manuel Castillo Pacheco,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez de la Frontera,
en sentencia de fecha 7 de febrero de 1996, como autor de un delito de
robo con fuerza, a la pena de un mes y un día de arresto mayor; delito
de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses y un día
de prisión menor y multa de 100.000 pesetas, y una falta de estafa, a
la pena de tres días de arresto menor, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo, por hechos
cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de julio
de 1998,
Vengo en conmutar a don Óscar Manuel Castillo Pacheco las penas
privativas de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de doscientos
días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 200 pesetas, cuyo inicio y
forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador,
a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres
años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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