Visto el expediente de indulto de don Juan Ponce España, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla, en sentencia de fecha 10
de enero de 1996, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico,
a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir
y de la licencia a conducir ciclomotores o del derecho a obtenerlos por
tiempo de cuatro meses, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1995, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de julio
de 1998,
Vengo en indultar a don Juan Ponce España la pena de multa pendiente
de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que
tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer
delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente
Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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