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Documento BOE-A-1998-20178

Resolución de 13 de julio de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad del Protocolo al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, de fecha 8 de junio de 1998, sobre un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1998, páginas 28388 a 28388 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-20178

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 8 de junio de 1998, un Protocolo al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, sobre un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de julio de 1998.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO
Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña sobre la realización de un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler»

En Madrid, a 8 de junio de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, la señora doña Rosa M. Pujol i Galobart, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, como Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado-Instituto de la Juventud, por delegación del Gobierno de la Nación, según el Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y por aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y la señora doña Rosa M. Pujol i Galobart, como Secretaria general de Juventud, nombrada por Decreto 73/1998, de 3 de marzo («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 2.595, del 10), en nombre y representación de la Generalidad de Cataluña, expresamente autorizada para la firma de este Convenio por Resolución del Consejero de Cultura, de 19 de febrero de 1998, que actúa de acuerdo con las facultades que le otorga el artículo 12.k) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Que, con fecha 16 de septiembre de 1997, se firmó la ampliación del Convenio de Colaboración suscrito el 18 de octubre de 1995 entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, para, conjuntamente, promover actuaciones que contribuyan al acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula primera del referido Convenio de Ampliación se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.

Que, siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio para el desarrollo del programa expresado anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación primera del Convenio suscrito entre las dos partes el 18 de octubre de 1995.

Segunda.

Para el año 1998, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este programa será la siguiente:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico 19.201.323.A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro multirriesgo-hogar, hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será de 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de caución, hasta un máximo de 12.000.000 de pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del programa, hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

Total de su aportación: 27.000.000 de pesetas.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas incorporadas al Programa «Bolsa de vivienda joven en alquiler».

II. La Secretaría General de Juventud aportará la cantidad de 18.600.000 pesetas, más la cesión de un local, para la ejecución del programa.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la partida 07.07.226.09/6 de su vigente presupuesto, existiendo remanente suficiente del mismo para disponer el gasto.

Tercera.

El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 1998.

Y para que así conste, en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.‒Por el Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.‒Por la Generalidad de Cataluña, Rosa M. Pujol i Galobart.

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