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Documento BOE-A-1998-20189

Decreto 150/1998, de 23 de junio, por el que se deniega la segregación se una parte del término municipal de Santa María de Corcó para constituir un nuevo municipio con el nombre de Cantonigròs.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1998, páginas 28414 a 28414 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1998-20189

TEXTO ORIGINAL

En fecha 16 de enero de 1993, la mayoría de los vecinos del núcleo

de Cantonigròs, perteneciente al término municipal de Santa María de

Corcó (Osona), presentaron una instancia ante el Ayuntamiento en

solicitud de la iniciación de un expediente de segregación de una parte del

término municipal de Santa María de Corcó para constituir un nuevo

municipio con el nombre de Cantonigròs. A la instancia inicial adjuntaron la

documentación que consideraron pertinente para justificar su pretensión.

El Ayuntamiento de Santa María de Corcó, el día 29 de marzo de 1993,

adoptó el acuerdo de inicio del expediente y, una vez finalizada su

instrucción, lo remitió al Departamento de Gobernación. Con posterioridad

a este envío, los promotores del expediente y el Ayuntamiento de Santa

María de Corcó adoptaron un acuerdo sobre la delimitación que debería

de tener el municipio propuesto. Dado que este acuerdo introducía

variaciones en relación a la solicitud inicial, el Departamento de Gobernación

devolvió el expediente al Ayuntamiento para que pudiese adaptarlo.

En fecha 9 de enero de 1996 se recibió el expediente en el Departamento

de Gobernación, adaptado a los términos que se derivaban del acuerdo

entre las dos partes afectadas. El expediente había sido sometido a

información pública y a informe del Consejo Comarcal de Osona y de la

Diputación de Barcelona.

En la sesión de 17 de febrero de 1998, la Comisión de Delimitación

Territorial adoptó el acuerdo de emitir informe desfavorable sobre el

expediente de segregación, al considerar que no se cumplen los requisitos

establecidos en los apartados 1.a), 1.c) y 2 del artículo 15 de la Ley 8/1987,

de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña.

En la sesión de 28 de abril de 1998, la Comisión Jurídica Asesora

acordó emitir informe desfavorable sobre el expediente, al valorar como

superable el inconveniente que se deriva del incumplimiento en un punto

concreto de la distancia de 2.000 metros de suelo no urbanizable entre

los núcleos de Santa María de Corcó y Cantonigròs, pero no así respecto

de los requisitos establecidos en los apartados 1.c) y 2 del artículo 15

de la Ley 8/1987, de 15 de abril.

Tomando en consideración que ni en la solicitud inicial ni a lo largo

de toda la instrucción del expediente ha quedado probado que los ingresos

ordinarios "per cápita" de los municipios resultantes de la segregación

serían iguales o superiores al 75 por 100 de la media correspondiente

a los municipios con un número parecido de habitantes de la comarca

de Osona; que no se ha probado que la segregación comportaría una mejora

objetiva en la prestación de los servicios en el municipio propuesto y

que tampoco se ha probado que concurran notorios motivos de necesidad

o conveniencia social, económica o administrativa para exceptuar el hecho

demostrado de que entre los núcleos de Santa María de Corcó y Cantonigròs

no hay una franja clasificada como suelo no urbanizable de una anchura

mínima de 2.000 metros;

Tomando en consideración, asimismo, el informe y el dictamen

desfavorable, emitidos por la Comisión de Delimitación Territorial y por la

Comisión Jurídica Asesora, respectivamente, y de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 15 y 17 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y

de Régimen Local de Cataluña, y los artículos 11, 12 y 16 a 29 del Decreto

140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de

Demarcación Territorial y Población de las Entidades Locales de Cataluña,

decreto:

Artículo único.

Se deniega la segregación de una parte del término municipal de Santa

María de Corcó (Osona) para constituir un nuevo municipio con el nombre

de Cantonigròs.

Barcelona, 23 de junio de 1998.-El Presidente, Jordi Pujol.-El

Consejero de Gobernación, Xavier Pomés Abella.

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