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Documento BOE-A-1998-20281

Orden de 31 de julio de 1998 por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro privado de Educación Secundaria «La Salle-Franciscanas», de Zaragoza y el cambio de denominación de los centros privados de Educación Secundaria «La Salle-Franciscanas» y de Bachillerato «La Salle-Gran Vía», de Zaragoza, por la de «La Salle-Franciscanas Gran Vía».

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1998, páginas 28662 a 28663 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-20281

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido por los titulares de los centros privados de Educación Secundaria «La Salle-Franciscanas» y de Bachillerato «La Salle-Gran Vía», sitos en la calle Santa Teresa, número 23, de Zaragoza, en solicitud de cambio de titularidad de Centro «La Salle-Franciscanas» y de cambio de denominación de ambos centros,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Autorizar el cambio de titularidad del centro privado de Educación Secundaria denominado «La Salle-Franciscanas», sito en la calle Santa Teresa, número 23, de Zaragoza, que en lo sucesivo será ostentada por la Congregación de Hermanos de las Escuelas Cristianas, que como cesionaria quedará subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afecten a los centros cuya titularidad se le reconoce y, muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro puede tener concedidos por el Ministerio de Educación y Cultura las derivadas, en su caso, de la condición de centro concertado, aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Segundo.

Autorizar el cambio de denominación específica de los centros privados de Educación Secundaria «La Salle-Franciscana» y de Bachillerato «La Salle-Gran Vía», de Zaragoza por la de «La Salle-Franciscanas Gran Vía», que ostentarán en lo sucesivo.

Tercero.

Las presentes autorizaciones surtirán efecto a partir del día 1 de septiembre de 1998 y no afectarán al régimen de funcionamiento de los centros.

Cuarto.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 31 de julio de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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