Visto el expediente instruido a instancia de doña María Soledad
Fontaneda Monedero, representante de los centros privados de Educación
Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria denominados
"Santa María del Naranco", de Oviedo (Asturias), en relación con la
modificación de la autorización de los mismos, con la finalidad de ampliar
dos unidades de Educación Infantil, seis unidades de Educación Primaria
y cuatro unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización de los centros privados de
Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria "Santa
María del Naranco", de Oviedo (Asturias), por ampliación de dos unidades
de Educación Infantil, seis unidades de Educación Primaria y cuatro
unidades en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, quedando
configurados del modo siguiente:
A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.
Denominación específica: "Santa María del Naranco".
Titular: Congregación de Religiosas Ursulinas de Jesús.
Domicilio: Avenida de los Monumentos, número 26.
Localidad: Oviedo.
Municipio: Oviedo.
Provincia: Asturias.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, segundo ciclo.
Capacidad: 12 unidades y 273 puestos escolares.
B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: "Santa María del Naranco".
Titular: Congregación de Religiosas Ursulinas de Jesús.
Domicilio: Avenida de los Monumentos, número 26.
Localidad: Oviedo.
Municipio: Oviedo.
Provincia: Asturias.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.
Capacidad: 30 unidades y 750 puestos escolares.
C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Santa María del Naranco".
Titular: Congregación de Religiosas Ursulinas de Jesús.
Domicilio: Avenida de los Monumentos, número 26.
Localidad: Oviedo.
Municipio: Oviedo.
Provincia: Asturias.
Enseñanzas que se autorizan:
a) Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: 20 unidades y 600 puestos escolares.
b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la
Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales.
Capacidad: 6 unidades y 210 puestos escolares.
Segundo.-Provisionalmente hasta finalizar el curso escolar 2001/2002
y en base al artículo 17, punto 4, del Real Decreto 986/1991, de 14 de
junio, modificado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, el Centro
de Educación Infantil "Santa María del Naranco", podrá funcionar con
una capacidad de 12 unidades de segundo ciclo y 326 puestos escolares.
Tercero.-Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa
comunicación a este Ministerio de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 31 de julio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid