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Documento BOE-A-1998-20515

Decreto 158/1998, de 30 de julio, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado, monasterio de la Encarnación, de Ávila.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 25 de agosto de 1998, páginas 29045 a 29045 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1998-20515

TEXTO ORIGINAL

El monasterio de la Encarnación fue declarado monumento

histórico-artístico por Real Decreto de 13 de octubre de 1983. En virtud de la

disposición adicional 1. a pasa a tener la consideración y a denominarse

bien de interés cultural, procediéndose a la delimitación de su entorno

de protección.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por

Resolución de 13 de noviembre de 1992, incoó expediente de delimitación del

entorno de protección del bien de interés cultural declarado a favor del

monasterio de la Encarnación, de Ávila.

De conformidad con lo establecido en los

artículos1y2delDecreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en

materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, la

Consejera de Educación y Cultura ha propuesto delimitar el entorno de

protección del citado bien, y a tal efecto ha hecho constar que se han

cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del

expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos

necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del

Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que

modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial

de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de

Castilla y León; a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto

el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación

de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 30 de julio de 1998,

dispongo:

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural

declarado, monasterio de la Encarnación, de Ávila.

Artículo 2. Entorno de protección.

Motivación: Desde la situación predominante del monasterio, se aprecia

el conjunto amurallado de la ciudad, y alrededor de él se desarrolla el

casco edificable de la ciudad extramuros. Las previsiones del Plan General

de Ordenación Urbana afectan tanto a los alrededores del monasterio como

a la propia manzana en que éste se ubica. En la actualidad, tanto el trazado

de nuevas calles como el área de zonas residenciales, está prácticamente

consolidado al sur y al este del monumento.

Se ha tenido en cuenta el carácter cerrado del propio monumento,

rodeado de una cerca de piedra que protege su carácter y contenido.

No obstante, desde la subida al antiguo colegio de huérfanos

ferroviarios, el conjunto se abre y deja verse en su totalidad. Ésta es la vista

más completa del monasterio, su entorno y su relación con el resto de

la ciudad rodeada de la muralla.

Delimitación física del entorno de protección: El entorno queda definido

por una línea continua, que recoge la manzana que aloja al edificio y

el espacio abierto (futura plaza), que da frente a su fachada, transcurriendo

dicha línea por los ejes de las calles que rodean este ámbito.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente

Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan

en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de

Justicia de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Valladolid, 30 de julio de 1998.-El Presidente de la Junta de Castilla

y León, Juan José Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura,

Josefa Eugenia Fernández Arufe.

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