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La SAT número 9.709 "Grupo Hortofrutícola Abemar", de Lorca
(Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma,
fue reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas,
según el Reglamento (CEE) 1035/72, el 14 de junio de 1995. Esta entidad
ha solicitado el reconocimiento como Organización de Productores de
Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento
(CE) 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril
de 1997;
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa
que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de
Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11
del Reglamento (CE) 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre de 1996,
y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría I (Frutas y Hortalizas)
a la SAT número 9.709 "Grupo Hortofrutícola Abemar", de Lorca (Murcia).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de
Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 9.709 "Grupo
Hortofrutícola Abemar", de Lorca (Murcia), para la categoría I (Frutas y
Hortalizas), asignándole el número 475.
Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como
derechos adquiridos, las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento
(CEE) 1035/72, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) 2200/96.
Madrid, 30 de julio de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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