La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 7 de mayo de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/2223/1995, en el que son partes, de una,
como demandante, don Francisco Nicolás Marín, y de otra, como
demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida
por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección
General de Servicios de la Administración Pública de fecha 15 de
septiembre de 1995, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso
número 2223/1995, interpuesto por la representación de don Francisco
Nicolás Marín, contra la resolución del Ministerio para las
Administraciones Públicas de 15 de septiembre de 1995, descrita en el primer
fundamento de derecho; que se confirma por ajustarse al ordenamiento
jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado" para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 27 de agosto de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General
de Servicios de la Administración Pública.
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