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Examinada la documentación presentada por el Director del centro,
en solicitud de prórroga de homologación de dicho Centro "Jovellanos",
para impartir cursos de Operador general y Operador restringido del
Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.
Vista la documentación aportada, así como los informes obrantes en
el expediente y de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de
noviembre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de diciembre),
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Prorrogar la homologación del Centro de Seguridad Marítima
Integral "Jovellanos" para impartir los cursos de especialidad marítima
de:
Operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima
(S.M.S.S.M.).
Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad
Marítima (S.M.S.S.M.).
Segundo.-Esta homologación tendrá validez por dos años a partir de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo prorrogarse,
siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración
y cumpla el centro con los requisitos establecidos en la Orden de 30 de
noviembre de 1993.
Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, el centro
de formación ""Jovellanos"" solicitará autorización de la Dirección General
de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima,
acompañando a dicha solicitud de autorización, fechas y horarios de los
mismos, así como currículum profesional de aquéllos profesores que no
conste su currículum en la autorización de la homologación.
Cuarto.-El Centro de Seguridad Marítima Integral "Jovellanos",
solicitante a la finalización de cada curso impartido, remitirá las actas del
mismo, en las que se incluirá el documento nacional de identidad de los
alumnos.
Quinto.-El personal marítimo que haya finalizado con
aprovechamiento los cursos impartidos por el Centro de Formación "Jovellanos", siempre
que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos
en la Orden que regula dichos cursos, podrán solicitar el certificado que
expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General
de Inspección Marítima), a la vista de las actas emitidas por el centro
de formación.
Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua
a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección
General de Inspección Marítima efectuará inspecciones no programadas
periódicas durante la realización de los mismos.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director general, Fernando Casas
Blanco.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.
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