Examinada la documentación presentada por el Director del centro, en solicitud de prórroga de homologación de dicho Centro «Jovellanos», para impartir cursos de Operador general y Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.
Vista la documentación aportada, así como los informes obrantes en el expediente y de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre),
Esta Dirección General ha resuelto:
Prorrogar la homologación del Centro de Seguridad Marítima Integral «Jovellanos» para impartir los cursos de especialidad marítima de:
Operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (S.M.S.S.M.).
Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (S.M.S.S.M.).
Esta homologación tendrá validez por dos años a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo prorrogarse, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración y cumpla el centro con los requisitos establecidos en la Orden de 30 de noviembre de 1993.
Quince días antes de la celebración de cada curso, el centro de formación ««Jovellanos»» solicitará autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a dicha solicitud de autorización, fechas y horarios de los mismos, así como currículum profesional de aquéllos profesores que no conste su currículum en la autorización de la homologación.
El Centro de Seguridad Marítima Integral «Jovellanos», solicitante a la finalización de cada curso impartido, remitirá las actas del mismo, en las que se incluirá el documento nacional de identidad de los alumnos.
El personal marítimo que haya finalizado con aprovechamiento los cursos impartidos por el Centro de Formación «Jovellanos», siempre que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos en la Orden que regula dichos cursos, podrán solicitar el certificado que expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima), a la vista de las actas emitidas por el centro de formación.
Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección General de Inspección Marítima efectuará inspecciones no programadas periódicas durante la realización de los mismos.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid, 31 de julio de 1998.—El Director general, Fernando Casas Blanco.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.
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