Visto el expediente de indulto de don Mariano Villaplana Cerezo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, en sentencia de fecha
31 de mayo de 1995, como autor de un delito de negativa a realizar la
prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses y un
día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1990; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de julio
de 1998,
Vengo en indultar a don Mariano Villaplana Cerezo la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás
pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Palma de Mallorca a 24 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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