Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 21 de mayo de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 329/1995, promovido por Sindicato Labrego Galego-Comisiones Labregas, contra la Orden de 20 de enero de 1995, sobre subvenciones encaminadas a la mejora de la cualificación de los profesionales del sector agroalimentario y del mundo rural; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la organización profesional agraria Sindicato Labrego Galego-Comisions Labregas, contra la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 20 de enero de 1995, por la que se convocan subvenciones con cargo a los presupuestos del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario para actividades formativas realizadas por entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos mejorar la cualificación de los profesionales del sector agroalimentario y del mundo rural, por ser dicha Orden, en los extremos examinados, conforme a Derecho.
Sin hacer expresa imposición de costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Planificación y Desarrollo Rural.
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