Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Asunción
Orruño Gracia, en representación del centro privado denominado "Santa Ana",
domiciliado en calle Cogolludo, número 3, de Guadalajara, solicitando
modificación de la autorización del centro por ampliación de una unidad de
Educación Primaria,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Modificar la actual autorización del centro privado que se
describe a continuación por ampliación de una unidad de Educación
Primaria.
Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: "Santa Ana".
Persona o entidad titular: Congregación de Hermanas de la Caridad
Santa Ana.
Domicilio: Calle Cogolludo, número 3.
Localidad: Guadalajara.
Municipio: Guadalajara.
Provincia: Guadalajara.
Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.
Capacidad: 13 unidades con 324 puestos escolares.
Segundo.-El personal que atienda las unidades autorizadas en el centro
de Educación Primaria deberá reunir los requisitos sobre titulación que
establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del
centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Guadalajara
la relación del profesorado con indicación de su titulación respectiva.
Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación
NBE CPI/1996, de Condiciones de Protección contra Incendios en los
Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 29).
Cuarto.-Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación
vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse
cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.
Quinto.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso
contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde
el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de
conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956,
y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 10 de julio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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