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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Asunción Orruño Gracia, en representación del centro privado denominado «Santa Ana», domiciliado en calle Cogolludo, número 3, de Guadalajara, solicitando modificación de la autorización del centro por ampliación de una unidad de Educación Primaria,
Este Ministerio ha resuelto:
Modificar la actual autorización del centro privado que se describe a continuación por ampliación de una unidad de Educación Primaria.
Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: «Santa Ana».
Persona o entidad titular: Congregación de Hermanas de la Caridad Santa Ana.
Domicilio: Calle Cogolludo, número 3.
Localidad: Guadalajara.
Municipio: Guadalajara.
Provincia: Guadalajara.
Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.
Capacidad: 13 unidades con 324 puestos escolares.
El personal que atienda las unidades autorizadas en el centro de Educación Primaria deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Guadalajara la relación del profesorado con indicación de su titulación respectiva.
El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/1996, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29).
Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.
Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 10 de julio de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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