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Documento BOE-A-1998-22071

Resolución de 1 de septiembre de 1998, de la Universidad del País Vasco, por la que se convoca concurso público para la provisión de una plaza de Catedrático de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 1998, páginas 31468 a 31473 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-22071

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de

Gobierno y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica

11/1983, de 25 de agosto; Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre, y los Estatutos de esta Universidad,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público la plaza

que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución.

Primero.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre

de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);

Estatutos de la Universidad del País Vasco ("Boletín Oficial del

País Vasco" de 21 de marzo y "Boletín Oficial del Estado" de 11

de junio); Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 24); Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" de 7 de junio); Orden del Ministerio de

Educación y Ciencia de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del

Estado" del 28), y, en lo no previsto en las precitadas disposiciones,

le será de aplicación la legislación general de funcionarios civiles

del Estado, y se tramitarán independientemente para cada una

de las plazas convocadas.

Segundo.-Para ser admitido a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al

que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla

definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y

por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la

edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la

nacionalidad española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercero.-Asimismo los solicitantes deberán reunir las

siguientes condiciones académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuelas

Universitarias, estar en posesión del título de Licenciado,

Arquitecto o Ingeniero Superior. También podrán concursar a las plazas

de Profesor titular de Escuelas Universitarias que tengan la

denominación de las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo

de la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del

Estado" de 16 de enero de 1985), los Diplomados, Arquitectos

Técnicos o Ingenieros Técnicos, según se especifica en el Acuerdo

de 17 de abril de 1990, del Consejo de Universidades ("Boletín

Oficial del Estado" de 24 de julio).

b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuelas

Universitarias y de Profesor titular de Universidad, estar en posesión

del título de Doctor.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,

tener la condición de Catedrático de Universidad, o bien la de

Profesor titular de Universidad o Catedrático de Escuelas

Universitarias con tres años de antigüedad a la publicación de la

convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos, y la titulación

de Doctor. Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores

a los que el Consejo de Universidades haya eximido de estos

requisitos.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los

apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la

Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro,

deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del

Ministerio de Educación y Cultura de reconocimiento del título expedido

en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado

noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 23 de

enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas

se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la

correspondiente homologación en España, que se acreditará

mediante credencial expedida por la Subdirección General de

títulos, convalidaciones y homologaciones.

Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una

prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad

docente en euskara, para lo cual deberá realizarse una exposición

oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente

nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco.

Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán

la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad del País Vasco, por cualquiera de los

medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" de 27 de noviembre), en el plazo de veinte días

hábiles, a partir de la publicación de esta convocatoria en el

"Boletín Oficial del Estado", mediante instancia, según modelo anexo

II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos

(fotocopias compulsadas o certificados originales) que acrediten

reunir las condiciones académicas específicas para participar en el

concurso, así como fotocopia simple del documento nacional de

identidad o pasaporte. Asimismo, en caso de no poseer la

nacionalidad española, deberán acreditar su nacionalidad, mediante

la presentación de los documentos correspondientes, certificados

por las autoridades competentes de su país de origen. Los

interesados que tramiten la documentación en el extranjero deberán

compulsar los documentos en la respectiva representación

diplomática española. Las instancias, serán facilitadas en el Rectorado

de la Universidad, sito en el Campus de Leioa (Bizkaia) y en los

Vicerrectorados de Gipuzkoa (avenida de Tolosa, 107, y paseo

de Arriola, 2, San Sebastián) y Álava (calle Comandante Izarduy,

2, Vitoria), y deberá presentarse una instancia y documentación

por cada plaza a la que se desee concursar.

El horario de las cuatro secciones del Registro General de la

Universidad del País Vasco es el siguiente:

De lunes a jueves, de nueve a trece y de quince treinta a dieciséis

treinta horas.

Los viernes y durante la jornada continua de verano, de nueve

a trece horas.

Cuando el último día del plazo de presentación de instancias

sea sábado, y dado que en dicho día no funciona el Registro

General de la Universidad del País Vasco, se entenderá prorrogado

al siguiente día hábil en que funcione el Registro General.

Las instancias presentadas en las oficinas de correos deberán

cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del

Reglamento de los Servicios de Correos: Las instancias se

presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello

de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo

figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.

La concurrencia de los requisitos generales, así como de las

condiciones académicas específicas para participar en el concurso,

deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de

expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original,

que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar

en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que

se soliciten, según se detalla a continuación y para cada caso,

la cantidad de:

Doctores: 1.580 pesetas (480 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Licenciados: 1.390 pesetas (290 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Diplomados: 1.300 pesetas (200 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan

abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para

la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de

esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para

el abono de las mismas.

El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o

transferencia bancaria a la cuenta corriente número 32.3900223-3,

abierta al efecto en el Bilbao Bizkaia Kutxa, sucursal 2095.0260-8,

con el título "Universidad del País Vasco/EHU-Vicerrectorado de

Profesorado", especificando el nombre, apellidos y número de

orden de la plaza a la que concursa; o por cualquiera de los medios

establecidos en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal

o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado

de correos 1.397, 48080 Bilbao.

Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad del País Vasco, por cualquiera de los

medios establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos

y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra

dicha resolución, que aprueba la lista de admitidos y excluidos,

los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en

el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al

de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexto.-De acuerdo con los artículos9y10delReal Decreto

1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículum

vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículum

vitae (por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y

documentos acreditativos de lo consignado en el proyecto docente (por

quintuplicado), en el acto de presentación del concurso.

Séptimo.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo

habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una

resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha

del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución

de la misma y con indicación del día, hora y lugar previsto para

la celebración de dicho acto.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso,

para realizar el acto de presentación de los concursantes y con

señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Octavo.-La primera prueba de estos concursos será pública

y consistirá en la exposición oral por el concursante, en el tiempo

que estime oportuno, de los méritos alegados y la defensa del

proyecto docente presentado. Seguidamente, la Comisión debatirá

con el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas,

sobre sus méritos, historial académico e investigador y proyecto

docente presentado. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para

todos aquellos concursantes que no obtengan en la misma, al

menos, tres votos.

Para la segunda prueba, los concursantes entregarán a la

Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un resumen

del tema elegido o del trabajo original de investigación que vaya

a ser expuesto oralmente.

La segunda prueba de los concursos a plaza de Profesor titular

de Escuela Universitaria, de Catedrático de Escuela Universitaria

y de Profesor titular de Universidad será pública, y consistirá en

la exposición oral por el concursante, durante un tiempo mínimo

de cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y media, de un

tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la

que corresponda la plaza o conjunto de plazas convocadas, elegido

libremente por el mismo. Seguidamente, la Comisión debatirá con

el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas, acerca

de los contenidos científicos expuestos, la metodología a utilizar

en su impartición a los alumnos y todos aquellos aspectos que

estime relevantes en relación con el tema.

La segunda prueba de los concursos a la plaza de Catedrático

de Universidad será pública y consistirá en la exposición oral por

el concursante, durante un tiempo máximo de dos horas, de un

trabajo original de investigación realizado por el concursante solo

o en equipo, en este último caso como Director de la investigación,

lo que deberá quedar certificado por los miembros del equipo.

Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos

aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el trabajo

original de investigación, durante un tiempo máximo de tres horas.

Noveno.-En ningún caso las Comisiones podrán proponer

mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas

y asignadas a su actuación.

Décimo.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en la Secretaria General de la

Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios

señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los siguientes documentos:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil

correspondiente o documento equivalente en los demás Estados

comprendidos en el artículo 2 y disposición adicional única de

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española,

deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública,

mediante la presentación de los documentos correspondientes,

certificados por las autoridades competentes de su país de origen.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismos del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse

a los requisitos siguientes:

a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las

autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.

b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de

su correspondiente traducción oficial al castellano.

Undécimo.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde

el día siguiente de la publicación del nombramiento en el "Boletín

Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión

de su destino, momento en que adquirirá la condición de

funcionario, a todos los efectos.

Duodécimo.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos

actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las

Comisiones podrán ser impugnados ante el Rector en los casos

y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de

25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre.

Leioa, 1 de septiembre de 1998.-El Rector, P. D. (Resolución

de 5 de noviembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 13

de febrero de 1997), la Vicerrectora de Profesorado, Miren

Azkarate Villar.

ANEXO I

Catedrático de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso

126. Puesto: CU 901/0755. Área de conocimiento: "Química

Física". Departamento: Química Física. Actividades docentes a

realizar por quien obtenga la plaza: Química Física Molecular.

Dedicación: Completa.

ANEXO III

Datos personales:

Documento nacional de identidad número...................,

lugar y fecha de expedición.....................................

Apellidos y nombre............................................,

Nacimiento: Provincia y localidad............,fecha............

Residencia: Provincia...............,localidad...............

Domicilio.........,teléfono.........,estado civil.........

Facultad o Escuela actual.......................................

Departamento o Unidad Docente actual.........................

Categoría actual como Profesor contratado o interino............

1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de

expedición, fecha de expedición, calificación, si la hubiere).

2. Puestos docentes desempeñados (clase, organismo o

centro, régimen dedicación, fecha nombramiento o contrato, fecha

cese o terminación).

3. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,

centro y fecha).

4. Actividad investigadora desempeñada (programas y

puestos).

5. Publicaciones-libros (título, fecha publicación, editorial).

6. Publicaciones-artículos (*) (título, revista, fecha

publicación, número páginas).

7. Otras publicaciones.

8. Otros trabajos de investigación.

9. Proyectos de investigación subvencionados.

10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos

(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional

o internacional).

11. Patentes.

12. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del

centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).

13. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,

organismo, materia y fecha de celebración).

14. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a

la Licenciatura).

15. Actividades en empresas y profesión libre.

16. Otros méritos docentes o de investigación.

17. Otros méritos.

(*) Indicar trabajos en prensa justificando su aceptación por parte de la revista.

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